Infojus: Por un fallo de la Corte, las torturas en Malvinas quedarán impunes
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Por un fallo de la Corte, las torturas en Malvinas quedarán impunes
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-02-25 | Por: Gustavo Ahumada | Fecha de captura:: 2016-01-30 23:46
El Centro de ex combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata cuestionó el fallo de la Corte Suprema que desestimó seguir investigando las torturas sufridas por soldados argentinos de parte de sus jefes. “Es un retroceso de Memoria, Verdad y Justicia”, dijeron. Presentaron un recurso para que el máximo tribunal aclare los fundamentos de la desición.
La Corte Suprema desestimó un recurso del Centro de ex combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata para que se investiguen crímenes de lesa humanidad cometidos por oficiales y suboficiales contra soldados conscriptos durante la guerra de Malvinas en 1982. “Tiene un error de tipo jurídico importante, vamos a tratar que revea esta situación”, dijo a Infojus Noticias Mario Volpe, presidente del centro.
Es que el CEIM de La Plata presentó un recurso de aclaratoria para que el máximo tribunal del país explique por qué desestimó el 19 de enero pasado el recurso, a tres años de ser presentado en el tribunal, y reconsidere lo decidido revocando su propia sentencia. En líneas generales este tipo de recursos no llegan a prosperar en el alto tribunal pero Volpe consideró que hay una posibilidad porque el caso “tiene que ver con la memoria y con el respecto de los que cayeron peleando por la patria” y se tratan de “delitos de lesa humanidad”. “El pueblo argentino debe saber lo que paso en Malvinas, pedimos que se investigue”, señaló Volpe que días después del desembarco argentino el 2 de abril de 1982 en las islas llegó y formó parte del Regimineto número 7 de Infantería. “Estuve todos los días de la guerra menos el 2, llegamos unos días después”, dijo recordando aquellos días.
“He visto casos de maltrato, sin ningún motivo importante. Por ir a buscar una oveja, pero nunca por cuestiones importantes” contó Volpe y agregó que en las más de 120 denuncias que hay sobre torturas, vejámenes aberraciones durante la guerra denuncias hay “desde estacamientos, picanas, enterramientos y casos de asesinato”. “Son cosas a probar, estamos diciendo que se investigue”, explica sobre el camino que parece haber cerrado el máximo tribunal. “Habían sido declaradas como delitos de lesa humanidad en tribunales inferiores, casación dice que no niega las torturas, pero han prescripto”, señaló el presidente del CECIM.
En su decisión la Corte Suprema, con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Elena Highton y Juan Maqueda, se limitó a sostener que el recurso “no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable”, y por eso la desestimó. Nunca se metió en el fondo de la cuestión, ni argumentó sobre el caso.
El camino del expediente
El camino judicial de este expediente comenzó en el 2007 cuando las denuncias se presentaron ante el juzgado federal de Río Grande en Tierra del Fuego. En 2009 la jueza federal Lilian Herráez, consideró como delitos de lesa humanidad las vejaciones sufridas por los soldados de parte de sus superiores argumentando que “cuando el individuo es agredido en sus más altos valores, se ataca también a la humanidad” por eso “lo que caracteriza esencialmente el crimen de lesa humanidad es el concepto de la humanidad como víctima”.
Jorge Taranto, uno de los denunciados por tormentos de al menos cinco conscriptos, solicitó la clausura de la investigación considerando que los delitos estaban prescriptos. Tanto el juzgado federal de Río Grande como la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia rechazaron la presentación pero insistió y llegó a la Cámara Federal de Casación Penal que en 2009 consideró prescriptos los hechos consignando como “errónea” la calificación de delito de lesa humanidad de los estaqueos y otras vejaciones y devolvió el expediente a la Cámara Federal que dictó una nueva sentencia donde declaró prescripta la causa.
Ese fallo fue apelado por el CECIM, y tras el rechazo de la Cámara Federal de Casación Penal, la causa llegó a la Corte Suprema en 2012. Un dictamen del Procurador General interino por aquel entonces, Luis Santiago González Warcalde, recomendó al máximo tribunal considerar esos delitos como de lesa humanidad porque “la tortura y otras formas de trato equivalentes, al violar una prohibición absoluta e inderogable del derecho internacional de los derechos humanos” y por eso “constituyen tipos de atrocidades explícitamente incluidas en la categoría de crimen de lesa humanidad”.
La Corte Suprema desechó la opinión de la Procuración y desestimó el recurso. “Es un retroceso en memoria verdad y justicia”, dice Mario Volpe que anticipó que tras “agotar todas las instancias” –esto implica la presentación del recurso de aclaratoria- y, en caso de no recibir respuesta favorable, “estamos dispuestos a continuar en tribunales internaciones”.
Los argumentos del recurso
El recurso de aclaratoria presentado ante la Corte Suprema es claro al sostener que la resolución del máximo tribunal “dicta un precedente de enorme gravedad institucional que nos ofende y de un modo incomprensible nos impide conocer y perseguir penalmente a quienes llevaron adelante las torturas y los crímenes de lesa humanidad sobre aquellos jóvenes argentinos” que “a partir de la sentencia dictada por esta Corte, quedarán impunes”. Ello cuando “en nuestro país se afirma la Verdad, la Memoria y la Justicia como política de estado”.
El recurso sostiene que hubo un “error material” al dictar la sentencia porque “no es posible suponer que en una causa como la que aquí se analiza, en la que como señala el Procurador reviste interés y gravedad institucional, se haya cometido semejante arbitrariedad”; considerando “absurdo” el fallo porque “el dictado de un sobreseimiento por prescripción constituye una sentencia definitiva”.
“El delito más frecuente al que fueron sometidos las víctimas de autos, como atar de pies y manos a un muchacho debilitado por el frio, sujetando sus ataduras con estacas clavadas en el piso, para dejarlo así acostado en el fango helado durante horas, inmovilizado y sin ninguna clase de protección, en el clima inhóspito del Atlántico Sur, hasta que estuviera al borde de la muerte por enfriamiento, para así castigarlo e intimidarlo a él y a la tropa” es “una forma de maltrato incuestionablemente cruel, brutalmente inhumano y degradante, para la que reservamos el término tortura”, dice la presentación.
Por eso, les pide a los jueces del alto tribunal que “actúen con el coraje y la honestidad propios de la alta responsabilidad que les ha sido asignada” y hagan lugar a los recurso presentados porque sino se “impide continuar con el proceso reparación histórica que se merece el Pueblo Argentino”.
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