Infojus: La Corte rechazó el pedido de libertad condicional de un reincidente

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La Corte rechazó el pedido de libertad condicional de un reincidente

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-03-12 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-21 19:39

Con el voto en disidencia de Eugenio Zaffaroni, el máximo tribunal avaló la decisión de Casación y ratificó la constitucionalidad del artículo 14 del Código Penal. El condenado cumplía con los requisitos para acceder al beneficio.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con una disidencia parcial de Eugenio Zaffaroni, desestimó un pedido de libertad condicional de un reincidente. Con los votos positivos de los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, el máximo tribunal desestimó un pedido del condenado Juan Miguel Cabail Abad pese a que “llevaba cumplida más de la mitad de la condena, estaba incorporado al período de prueba y registraba calificaciones favorables” en la cárcel.

La Corte resolvió en base a un planteo presentado por los defensores de Cabail Abad, que habían apelado una resolución de la Sala Cuarta de la Cámara Federal de Casación Penal. En 2013 los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos habían declarado la constitucionalidad del artículo 14 del Código Penal, que establece que “la libertad condicional no se concederá a los reincidentes”. De esa manera habían rechazado la concesión de la libertad condicional de Cabail Abad.

Los defensores del condenado plantearon ante la Corte la inconstitucionalidad de la norma al entender que la misma “afecta los principios de culpabilidad, de que nadie puede ser condenado dos veces por el mismo delito, como así también se basa fundamentalmente en el conocido derecho penal de autor”. Además, alegaron que la denegatoria de libertad condicional “contravenía el ideal resocializador impuesto por la Constitución Nacional”.

Al rechazar el recurso, la Corte avaló la decisión de los jueces de Casación, quienes plantearon que “no se trata de una norma violatoria del principio de igualdad o que se aplique un derecho penal de autor, sino que se trata de una elección razonable del legislador que busca fomentar una política penitenciaria y criminal específica”.

Cabail Abad cumple una condena a 16 años y tres meses por la acumulación de cinco condenas anterior por los delitos de tenencia de estupefacientes, robo agravado, lesiones graves, abuso de arma, encubrimiento y tenencia ilegal de documento de identidad falso.


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