Infojus: Declaran la emergencia agropecuaria en Salta y Formosa

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Declaran la emergencia agropecuaria en Salta y Formosa

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-09-11 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-02-02 21:53

La regulación permite que los productores afronten la sequía y las heladas con asistencia y beneficios extraordinarios del Estado. Y prevé recursos crediticios para afrontar las consecuencias.

Se publicó en el Boletín Oficial la declaración de estado de emergencia y desastre agropecuario para varios departamentos de las provincias de Salta y Formosa. La regulación permitirá que los productores afronten la sequía y las heladas que afectan la zona norte del país desde comienzos de este año con herramientas que el Estado aporta en forma extraordinaria. La declaración de emergencia prevé la aplicación de las condiciones y beneficios contenidos en la Ley de Emergencia Agropecuaria. Allí se estipula que el Estado impulsará diligencias tendientes a aminorar la presión fiscal sobre los productores afectados, y prevé determinados beneficios crediticios para afrontar las consecuencias de la emergencia.

La ley habilita al Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios a brindar asistencia financiera especial, mediante créditos con tasas de interés bonificadas que permitan lograr la continuidad de las explotaciones, la recuperación de los productores y el mantenimiento de su personal. La disposición también prevé la suspensión de hasta noventa días de la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de impuestos vencidos o a vencerse durante el período declarado de emergencia, y suspende los juicios que ya estén en curso durante el plazo estipulado.

La misma norma permite establecer una prórroga del vencimiento de pago de impuestos existentes que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las explotaciones afectadas. A la vez, el Poder Ejecutivo nacional queda habilitado para eximir total o parcialmente de los impuestos sobre bienes personales y a la ganancia mínima presunta que se apliquen sobre los bienes afectados a explotaciones agropecuarias en emergencia.

Las resoluciones 830 a 833 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, firmadas por su titular, Norberto Yauhar, declaran el estado de emergencia y/o desastre agropecuario:

En Salta

  • Por heladas, a los productores de cultivos de frutas y hortalizas de los Municipios de Colonia Santa Rosa, Pichanal y Orán del Departamento de Orán y al Municipio de Embarcación del Departamento General San Martín, desde el 1 de agosto de 2013 al 31 de julio de 2014.

  • Por sequía, a los productores de los cultivos a secano de soja, maíz y maní y a los productores de ganado mayor y menorde los Departamentos de Anta, Orán y San Martín desde el 1 de abril de 2013 al 31 de marzo de 2014.

  • Por sequía, a los productores de los cultivos a secano de poroto y chíade los Departamentos de Anta, Orán y San Martín, desde el 1 de mayo de 2013 al 30 de abril de 2014.

En Formosa

  • Por sequía, a los productores de algodón y maíz ubicados en los Departamentos Pirané y Patiño, desde el 1 de enero de 2013 hasta el 30 de junio de 2013.

  • Por situaciones de mortandad de hacienda, pérdida de peso y ventas forzosas por una deficiente oferta forrajera y provisión de agua, a los productores ubicados en los Departamentos Patiño, Bermejo, Matacos y Ramón Lista, desde el 1 de enero de 2013 hasta el 30 de junio de 2013.

 


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