Infojus: Impulsan la participación política y electoral de pueblos originarios
Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.
En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”
A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.
Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias
Impulsan la participación política y electoral de pueblos originarios
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-06-26 | Por: Infojus | Fecha de captura:: 2016-02-02 01:44
La Cámara Nacional Electoral creó un programa de promoción que incluye, entre otras medidas, la designación de autoridades de mesa bilingües o de la propia comunidad, y la elaboración de material electoral complementario en la lengua originaria.
La Cámara Nacional Electoral creó un Programa de promoción de la participación político electoral de los pueblos indígenas. Sus integrantes -los jueces Alberto Dalla Via, Rodolfo Munné y Santiago Corcuera- firmaron una acordada en la que detallaron que el Programa está orientado a la evaluación y adopción de medidas que permitan que los miembros de los pueblos originarios puedan ejercer sus derechos político-electorales.
La iniciativa se desarrollará en el marco de la competencia propia de la Justicia Electoral. Incluye la identificación geográfica de las comunidades indígenas en la cartografía electoral vigente, la designación de autoridades de mesa bilingües o seleccionadas entre miembros de la propia comunidad, y la elaboración de material electoral complementario en la lengua del respectivo pueblo originario. Estos últimos dos puntos, “en cuanto sea posible”, explican en la acordada.
Para cumplir tales objetivos el Programa incluye la participación de otros organismos e instituciones “competentes en la implementación de políticas públicas orientadas a los pueblos originarios”, como el INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) o el Ministerio de Educación, que lleva adelante un Programa de Educación Intercultural Bilingüe. También, con las propias comunidades originarias. Según informaron desde la cámara se realizaron talleres de capacitación en las Comunidades Aborígenes Qom “La Primavera” y Wichi “Las Lomitas”, de la provincia de Formosa.
Otro punto que enfatiza la acordada es la necesidad de la selección de establecimiento de votación “adecuados” para “favorecer la concurrencia por parte de los integrantes de todas las comunidades”.
La decisión de los magistrados se enmarca, tal y como lo mencionaron en las argumentaciones, el artículo 75 de la Constitución Nacional que reconoce la “preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos” y garantiza “el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural”. A esto se suma la incorporación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) mediante la ley 24.071, donde se establece el deber de los estados de proporcionar “los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente” en “la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan”
Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: