Infojus: La orangutana Sandra es “sujeto de derecho”, pero seguirá en el zoo
Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.
En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”
A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.
Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias
La orangutana Sandra es “sujeto de derecho”, pero seguirá en el zoo
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-10-25 | Por: Matías Máximo | Fecha de captura:: 2016-01-24 11:46
La jueza Elena Liberatori ratificó en un fallo el status legal de Sandra y ordenó que expertos elaboren un informe. Se resolverán las medidas que deberá adoptar el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que el Zoo porteño no ejerza crueldad sobre su ser.
Para la justicia Sandra no es “un mero objeto”, sino “un sujeto de derecho”. Orangutana de nacimiento, en diciembre de 2014 la sala II de la Cámara de Casación Penal resolvió que merece respeto al reconocer que “los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección” en el ámbito de competencia que corresponda. El miércoles, la jueza Elena Liberatori ratificó en un fallo el status legal de Sandra y ordenó que expertos elaboren un informe para resolver las medidas que deberá adoptar el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que el Zoo porteño no ejerza crueldad sobre su ser.
Uno de los abogados de la orangutana adelantó a Infojus Noticias que apelará el fallo porque “ponerle aire acondicionado en la jaula no quita la jaula y las cuestiones que hay de fondo”. Si fuera aceptado que Sandra salga del Zoo, sentaría un precedente para reclamar por el resto de los animales. ¿Por qué es importante que una orangutana sea considerada sujeto de derechos?
Para Libertatori “la categorización de Sandra como ‘persona no humana’ y en consecuencia como sujeto de derechos no debe llevar a la afirmación apresurada y descontextualizada de que Sandra entonces es titular de los derechos de las personas humanas. Ello de modo alguno es trasladable. Por el contrario, tal como lo señala el experto Héctor Ferrari ‘ponerle vestido a un perro también es maltratarlo’”. El juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 4 de la Ciudad le reconoce a Sandra, que vive hace 21 años en cautiverio, sus propios derechos como parte de la obligación de respeto a la vida y de su dignidad de “ser sintiente”, una categorización novedosa que Francia introdujo este año en su Código Civil.
El fallo cita una noticia del pasado 29 de abril –día del animal- cuando la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) “jubiló” a catorce canes. Desde 2004 AFIP utiliza canes detectores como herramienta adicional de control aduanero no intrusivo conforme a reglas internacionales en la materia. La jubilación de estos canes consiste en la vivienda, salud y alimentación a cargo del Estado; un derecho en paralelo al de su guía humana pero que como se aprecia es del propio can.
También el juzgado menciona el caso de “Peseta”, una perra de Chile que trabaja en el Primer Juzgado de Familia de Santiago dando apoyo emocional a niños, adolescentes y adultos en audiencias reservadas frente a los jueces como un servicio gratuito que brinda el Poder Judicial. Al respecto, hay condiciones de trabajo para ella tales como horarios y vacaciones. La misma idea existe Estados Unidos a través de la Courthouse Dogs con el lema “Promoting Justice with Compassion”.
La resolución de Liberatori “reconoce a la orangutana Sandra como un sujeto de derecho, conforme a lo dispuesto por la ley 14346 y el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina en cuanto al ejercicio no abusivo de los derechos por parte de sus responsables –el concesionario del Zoológico porteño y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-”. También dispone “que los expertos amicus curiae doctores Miguel Rivolta y Héctor Ferrari, conjuntamente con el soctor Gabriel Aguado del Zoológico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, elaboren un informe resolviendo qué medidas se deberán adoptar” y establece que “el informe técnico tendrá carácter vinculante”. Por último dice que el gobierno de la Ciudad “deberá garantizar a Sandra las condiciones adecuadas del hábitat y las actividades necesarias para preservar sus habilidades cognitivas”.
Sandra seguirá en cautiverio
Pablo Buompadre, presidente de la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos del Animal (AFADA), y Andrés Gil Domínguez, reconocido abogado constitucionalista, representan a Sandra en la causa judicial. Ellos sugieren, en base a la recomendación de expertos internacionales en orangutanes, que sea trasladada a un santuario de Sorocaba, Brasil.
“Sentimos que nos enfrentamos a todo un aparato de poder atrás de esto, no solo contra el zoológico sino toda una estructura política. Sacarla a Sandra de su jaula implica futuras gestiones de liberación: una catarata de presentaciones por otros animales. Por eso hay tantos intereses detrás de esta causa. Nosotros estamos dando la pelea y este fallo nos da lugar a la acción de amparo. Es beneficioso en cuanto a eso, pero finalmente no se puede llegar a terminar el fondo de la cuestión, que es la liberación del zoo”, explicó Buompadre, y dijo que las personas designadas como expertos no lo son: “Trabajaron tanto con Sandra como con la jirafa, el león, los chimpancés y los ñandúes”.
Buompadre dijo por qué se apelará: “No se tuvo en cuenta la opinión de los expertos aportados y hay una evidente equivocación en el reconocimiento de Sandra como una persona no humana, ya que la decisión posterior de la jueza, de dejarla en el zoo, no es compatible”.
Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: