Infojus: La mujer, el perito y los amigos de Mangeri, investigados por encubrir
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La mujer, el perito y los amigos de Mangeri, investigados por encubrir
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-08-25 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-26 10:17
En el mismo fallo que condenó a prisión perpetua al acusado de asesinar a Ángeles Rawson, los jueces enumeraron las declaraciones testimoniales que prueban que los testigos mintieron y ocultaron información para proteger al ex portero de Ravignani 2360.
Los familiares, amigos y testigos que declararon a favor de Jorge Mangeri durante el juicio por el asesinato de Ángeles Rawson, serán investigados en la justicia para determinar si falsearon sus testimonios para apoyar la versión del portero. En el fallo de 350 páginas donde aparece la reconstrucción del crimen de la joven de 16 años, ocurrido el 10 de junio de 2013, el Tribunal pide que se investigue “la posible comisión de delitos de acción pública por parte de Diana Saettone (esposa), Jorge Osvaldo Meninguelli (amigo), Adolfo Oscar Méndez (perito de la defensa), Pablo Ezequiel Bazán Domínguez y Juan Manuel Cesaretti (vecinos y miembros del consejo asesor del consorcio)”. También se aportarán datos al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 8, donde tramita un expediente contra Cecilio Saettone (primo de la esposa) por el delito de falso testimonio, en concurso real con encubrimiento.
Según los magistrados, “Diana Verónica Saettone mintió al prestar declaración testifical ante el personal de la División Homicidios y en la sala de audiencias”. Los jueces señalan que Saettone declaró que había permanecido en la casa de sus padres, se refieren a las comunicaciones telefónicas que mantuvo y “al momento en que comenzó a hacer circular la versión de la presunta amenaza proferida por los imaginarios ocupantes de un vehículo Polo”. Durante el juicio, Mangeri dijo que desde ese vehículo Polo lo amenazaron y le dijeron que se hiciera cargo de la muerte de Ángeles.
El Tribunal dijo que “sería absurdo que bajo el amparo de la norma que sanciona el encubrimiento se eximiera de responsabilidad al familiar que amenace o elimine testigos de cargo o incrimine bajo juramento a terceros para ayudar a su pariente”. El artículo 275 del Código Penal castiga con penas de prisión e inhabilitación al testigo, perito o intérprete que afirme una falsedad, la niegue o la calle en todo o en parte en su deposición, informe, traducción o interpretación.
La ley procesal libera a los familiares directos de la disyuntiva que implica obrar indignamente o perjudicar a un ser querido. “Nadie obligó a declarar a Diana Verónica Saettone y cuando ella decidió hacerlo, se le advirtió que no debía mentir y que podía negarse a contestar aquellas preguntas que, a su juicio, pudieran comprometer la responsabilidad de su marido”, señala el fallo y deduce que “no corresponde al Tribunal considerar las razones que la condujeron a mentir, pero constatada la mentira corresponde iniciar la causa judicial en la que se determine los alcances de su responsabilidad”.
El perito y las prácticas sadomasoquistas
El perito Adolfo Oscar Méndez, que se definió como integrante del equipo interdisciplinario de la defensa de Mangeri, “no puso su saber para efectuar una crítica científica y razonada a las conclusiones científicas de los restantes peritos, sino que buscó resquicios aislados sobre los que deliberada y maliciosamente instaló una hipótesis que responsabilizara a la víctima y la denigrara ante sus allegados, atribuyéndole una cierta responsabilidad en su destino”, dice el fallo y se refiere a las prácticas sadomasoquistas que le atribuyó a Ángeles.
Para el Tribunal “el modo en que ejerció su rol de perito de parte y la responsabilidad que le cabe por haber tergiversado sus informes introduciendo conclusiones que, según el mismo afirma eran opuestas a sus convicciones, deberá ser decidido judicialmente”.
Mangeri y su conducta con las mujeres, una charla de consorcio
En las reuniones de consorcio algunos vecinos decían que Mangeri hostigaba a las mujeres y a las empleadas que trabajaban en el edificio, y lo repitieron durante el juicio. Tanto Bazán Domínguez como Cesaretti, vecinos de Mangeri y miembros del consejo de administración de Ravignani, negaron en su declaración haber conocido conductas que pudieran considerarse inadecuadas o de hostigamiento, aunque para el Tribunal “en modo alguno puede ignorarse que los testigos tenían una clara idea de la causa en la que estaban declarando, el interés y la dirección de las preguntas que se formulaban”.
Para los jueces, “tampoco puede subvalorarse que la mentira de estos testigos estuviera dirigida a protegerse de alguna responsabilidad in vigilando por el hecho ilícito del dependiente pero, en cualquier caso, ello no los autorizaba a negar la información que se les requería bajo las formalidades de la declaración testifical”.
Los amigos de Mangeri y las fotos en los medios
Jorge Osvaldo Meninguelli y Liliana Graciela Mayorga recibieron en su casa de Marcelo T. de Alvear al 900 a Mangeri y Diana Saettone, los días 13 y 14 de junio de 2013. Meninguelli dio un relato parcialmente coincidente con el de Mangeri, “claramente funcional a la versión probadamente falsa del imputado, y no coincidente con las constancias de los registros telefónicos que permiten determinar que hubo más contactos que los que él mencionó”.
En sus declaraciones Meninguelli dijo entre otras cosas que el jueves por la tarde, en el sótano del edificio en el que trabaja como encargado, mantuvo una conversación con Mangeri en la que entre llantos le dijo que lo habían amenazado desde un Polo, exhibiéndole un cuchillo y un arma de fuego y le habían dicho “a vos te están haciendo una cama, cuidate”. Después dijo que el viernes, tras haber estado desaparecido durante unas horas, Mangeri llegó a su casa abrumado, orinado y con visibles marcas de quemaduras, a las que les sacó fotos que hizo circular por los medios y que supuestamente había tomado para conservar la evidencia que favorecía a su amigo. Esas fotos “jamás fueron acercadas a la justicia y fueron borradas una vez que se dieron a publicidad”, dice el fallo y considera que Mayorga, la esposa, dio una declaración sin interés para la causa.
El primo policía de Diana Saettone
La fiscalía solicitó que se remitieran actuaciones para investigar si el primo de la mujer de Mangeri, Cecilio Antonio Saettone, suboficial mayor de la policía bonaerense y con 33 años de servicio en la fuerza, mintió o encubrió al portero. El testigo fue denunciado por la Fiscalía y tras la finalización del juicio “el Tribunal no tiene dudas que Cecilio Antonio Saettone mintió al referir las comunicaciones que mantuvo con Mangeri, el contenido del diálogo que mantuvo con él en la planta Ford en la que trabajaba y en el tiempo en que duró tal entrevista”.
El procedimiento por los falsos testimonios
El TOC N° 9, integrado por Fernando Ramírez, Ana Dieta de Herrero y Jorge Gettas, condenó a Mangeri a la pena de prisión perpetua por la muerte de Ángeles, tipificada como “femicidio en concurso ideal con los delitos de abuso sexual y homicidio agravado por su comisión criminis causae”. En el mismo fallo donde figura la acusación, el Tribunal pidió “extraer testimonios del acta de debate y de la sentencia con sus fundamentos, y copia de los correspondientes registros de audio y video”, para que las personas señalas de haber declarado en falso sobre la muerte en el edificio de Ravignani 2360 sean investigadas. El procedimiento es remitir ese material a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Buenos Aires, para que mediante sorteo se determine el Juzgado de Instrucción que deberá intervenir.
MM/LC
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