Infojus: "El Código mejoró el régimen de la propiedad horizontal"

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"El Código mejoró el régimen de la propiedad horizontal"

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-06-24 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-26 20:58

El juez Federico Causse expuso en el Congreso de Actualización del Código Civil sobre derechos reales junto con el camarista Claudio Kiper. Se refirieron a cómo el nuevo cuerpo normativo sistematizó los derechos y obligaciones sobre propiedades, expensas, construcciones que exceden el límite propio y espacios comunes, entre otros aspectos.

Los derechos reales, su teoría general y en particular. Las posesiones, tenencias, las acciones y  los nuevos derechos reales fueron el eje del cuarto panel de Congreso de Actualización del nuevo Código Civil y Comercial. El primero en exponer fue Federico Causse, juez Nacional de Primera Instancia en lo Civil. Luego lo hizo Claudio Kiper, magistrado de la sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Durante más de una hora hablaron sobre expensas, propiedades, construcciones que exceden los límites del propio terreno y se exceden al del vecino, los espacios comunes de un edificio, que son precisamente algunas de las  cuestiones que a diario se plantean en las distintas instancias del fuero civil y que fueron contemplados en el nuevo Código.

Causse fue el primero en exponer, se refirió a los  20 artículos comunes a los derechos reales. Y explicó cómo las propiedades horizontales, tiempos compartidos y cementerios privados responden a una estructura en la que la autonomía de la voluntad responde a la ley. Destacó “las ventajas de la sistematización que propone el nuevo Código”, en el que “se destacan facultades, se enumeran los derechos reales, se hacen clasificaciones, se concentran en todos los modos en los que se articulan los artículos vinculados a derechos reales”. Una sistematización que vuelve más claro y accesible el tema para todos. Los modos de adquisición y la mayor protección a favor del adquiriente, fueron otros de los puntos a los que hizo referencia. También resaltó las “nuevas aristas en materias de prescripción de adquisición de propiedades”.

El juez detalló también que el nuevo Código “pone claridad en materia de restricciones, también en supuestos de edificación que se desarrolla en un predio propio que se extiende al de un vecino, sin destruir lo construido”.  Mayor comprensión y mayor valor. Estatutos, reglamentos y un nuevo Código que resumió como un “texto que no basta solo una lectura”, afirmó.

Después fue el turno de Kiper que sumó anécdotas propias para resumir un tema complejo como el de la propiedad horizontal. “Este código nuevo tiene muchos menos artículos que antes. Sin embargo, en propiedad horizontal se han duplicado los artículos. Hay mas de 30, así que es evidente que se han concentrado en mejorar este régimen, recogiendo la doctrina y jurisprudencia de estos casos”, explicó. “Los derechos reales tienen objetos, que son cosas.  En lo que hace a la propiedad horizontal tiene que ser un inmueble. Y en esta materia una de las novedades es la incorporación de los bienes del consorcio como pueden ser los fondos, las cuentas.

Describió las unidades funcionales como el “cubo de aire” de cada uno. “Lo demás no es solo mío, es de todos”, dijo en referencia a los espacios compartidos en, por ejemplo, un edificio, desde paredes y tabiques, hasta techos y suelos.

Se explayó sobre el tema de expensas y consorcios y contó a través de anécdotas y casos prácticos, cómo podía interpretarse la normativa sobre conformación del quorum y establecerse la toma de decisiones para esas reuniones de consorcio a las que habitualmente concurren una cantidad ínfima de propietarios. Tras enumerar las facilidades del nuevo Código, resumió “el espíritu del código es favorecer la toma de decisiones”.


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