Infojus: La Corte Suprema le negó de nuevo el arresto domiciliario a Pedraza

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La Corte Suprema le negó de nuevo el arresto domiciliario a Pedraza

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-06-23 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-26 06:07

El máximo tribunal del país rechazó el recurso de queja presentado por la defensa del ex secretario general de la Unión Ferroviaria. Ya la Cámara Federal de Casación Penal había rechazado la posibilidad del arresto domiciliario. Pedraza fue condenado a 15 años de prisión por el asesinato del militante Mariano Ferreyra y está detenido en el penal de Ezeiza.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó que José Ángel Pedraza, condenado a 15 años de prisión por el asesinato del militante Mariano Ferreyra, debe cumplir su castigo en el penal de Ezeiza. El máximo tribunal del país rechazó el recurso de queja  presentado por la defensa del ex secretario General de la Unión Ferroviaria, Carlos Froment, contra la decisión de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que ya había rechazado la posibilidad del arresto domiciliario. Los ministros de la Corte Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda firmaron hoy la resolución de una carilla.

Pedraza, que está preso en la cárcel de Ezeiza, había pedido el beneficio de cumplir los años que le restan de condena en su casa por padecer mal de Parkinson y deterioro cognitivo. También presentó comprobantes médicos de padecer hipertensión arterial, hipertrofia concéntrica moderada a severa del ventrículo izquierdo y bloqueo de rama derecha, con riesgo elevado de mortalidad cardiovascular.

El reclamo ya había sido revocado en varias instancias judiciales. El abogado del ex sindicalista insistió hasta llegar a la Corte Suprema.  Primero fueron los jueces del Tribunal Oral Criminal 21 -que lo habían condenado- quienes rechazaron el año pasado el pedido de prisión domiciliaria. Luego, la negativa la dieron los magistrados de la Cámara Federal de Casación Penal.

Loscamaristas Ana María Figueroa y Juan Carlos Gemignani dijeron que “a la luz de los informes médicos” Pedraza debía seguir en prisión ya que el hospital del penal cuenta con los recursos para su atención. La jueza Liliana Catucci votó en disidencia. Se pronunció a favor de la prisión domiciliaria atenta a “las afecciones cardíacas que presenta el encausado, además del síndrome del tipo parkinsonismo, múltiples infartos cerebrales crónicos, deterioro cognitivo de grado moderado a severo, y complicaciones para caminar”. La camarista aludió al “alto riesgo de vida”.

Pedraza fue detenido en febrero del 2011 en un lujoso departamento del edificio El Faro de Puerto Madero, con vista al río, pero presentó como domicilio judicial otro departamento en la avenida del Libertador con vista a los bosques de Palermo. En abril de 2013 el Tribunal Oral en lo Criminal 24 de la Ciudad de Buenos Aires lo condenó como “partícipe necesario” del crimen del joven militante del Partido Obrero, baleado por una patota ferroviaria que agredió a obreros tercerizados del ferrocarril Roca que reclamaban pasar a la planta en octubre de 2010.

Audiencia por las penas

El próximo jueves, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal Casación convocó a una audiencia previa a resolver si confirma las sentencias aplicadas por el Tribunal Oral Criminal 21 de la Capital a todos los implicados en el asesinato.

Pedraza y su ex segundo en el sindicato, Juan Carlos “Gallego” Fernández, fueron condenados a 15 años de prisión como instigadores del crimen. En tanto Cristian Favale y Gabriel “Payaso” Sánchez recibieron penas de 18 años de cárcel como coautores del hecho, al igual que al delegado de la UF, Pablo Díaz.

La fiscal ante Casación, Gabriela Baigún, ya se pronunció por agrava las condenas al cambiar la calificación del delito hechas por el TOC 21, de “homicidio y tentativa de homicidio simple con dolo eventual” por la de “homicidio agravado por premeditación”.

MFA/RA


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