Infojus: Cinco propuestas para implementar el Código Procesal Penal

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Cinco propuestas para implementar el Código Procesal Penal

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-04-21 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-23 06:26

La comisión bicameral que debe llevar adelante esa tarea se reunirá esta tarde. Allí delinearán la agenda de encuentros, definirán quiénes serán los invitados y analizarán las propuestas presentadas. Aquí se detallan los ejes centrales de cada una de ellas.

Son cinco las propuestas que presentó el Frente para la Victoria para avanzar en la “implementación progresiva” del nuevo Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), que comenzaría en los juzgados nacionales en la Circunscripción I de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando para más adelante la aplicación en el fuero federal. Con esa agenda por resolver, se reunirá esta tarde por segunda vez la comisión Bicameral de Implementación del Nuevo CPPN. Está presidida por el senador Rodolfo Urtubey y tiene la misión redactar las leyes necesarias para la transición.

El nuevo código aprobado hacia el fin del año pasado, establece el pasaje de un sistema inquisitivo a uno acusatorio, lo que supone readecuar los roles de jueces y fiscales. Antes el juez investigaba y decidía; en el nuevo CPPN el fiscal investiga y acusa, el defensor defiende y el juez es un tercero imparcial que decide. Los proyectos presentados por los senadores prevén que las investigaciones iniciadas con antelación a la implementación del Código continúen en sus respectivos juzgados y, a medida que su trámite termine, está previsto que se produzca la reubicación del personal.

Se crearan nuevas Oficinas Judiciales, más de cuarenta, para que suplan a los juzgados en las tareas administrativas, por lo que muchos sus actuales empleados podrán ser reabsorbidos por estas oficinas. Y para el caso de los abogados, se baraja la posibilidad de un traspaso y nuevos concursos en las fiscalías, que trabajarían con un mayor nivel de especialización

Ley para la “progresiva” implementación del CPP

El proyecto promueve que el nuevo código comience a regir a partir del 1° de septiembre de 2015 en los juzgados nacionales en la Circunscripción I de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que abarcaría los barrios de Retiro, microcentro y Recoleta. Y fija para el 1° de julio de 2016 la fecha límite para concluir el proceso en la justicia penal nacional. Deja para más adelante la aplicación en el fuero federal.

Crea para esto una comisión de Implementación y Transición (CIT), que tendrá a su cargo la definición del cronograma y los reajustes necesarios para que la reforma alcance a la totalidad de los juzgados involucrados. La idea es que esta comisión funcione bajo la órbita del Consejo de la Magistratura, integrada por un representante del Ejecutivo, uno de cada Cámara legislativa, uno del Ministerio Público de la Defensa y otro del Fiscal, un representante de la Corte Suprema, otro del Consejo de la Magistratura y uno de cada Cámara de Casación –la Federal y la Nacional–.

Ley orgánica del Ministerio Público de la Defensa

A partir de la aplicación del nuevo Código, todo el proceso judicial será oral, las causas no podrán durar más de tres años y esto implica la readecuación de las lógicas y estructuras de funcionamiento de la defensa. Para lograr mayor flexibilidad, los legisladores proponen la figura del Defensor Público de Coordinación, que entre sus funciones tendría la de “distribuir las tareas de modo objetivo y equitativo”.

En otro aspecto, el proyecto se ocupa de generar “instancias de colaboración” y “abordaje territorial” para “sectores socialmente desaventajados”; así como programas comunitarios y cuerpos de peritos e investigadores especializados, entre otros.

Ley orgánica del Ministerio Público Fiscal

Organiza la nueva estructura. Entre los puntos destacados de la reforma, serán los fiscales quienes lleven adelante la investigación en reemplazo de los jueces. Esto implica una reestructuración importante, que necesita “nuevas formas de trabajo” y “un diseño institucional flexible”.

La “especialización temática” se verá fortalecida “por la elevación a rango legal” de las Procuradurías Especializadas en crímenes contra la humanidad, económicos, del narcotráfico, la trata y explotación de las personas, así como la violencia institucional, la Defensa de la Constitución y la conversión en procuraduría de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas.

Ley de organización y competencia de la Justicia Federal y Nacional Penal

Es una propuesta de organización territorial y de competencias para la justicia federal y nacional penal. Para la justicia federal divide el territorio en dieciséis distritos. Y a la justicia nacional en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuatro circunscripciones, según las jurisdicciones de las comisarías de la Policía Federal y la Prefectura Naval.

Fija además las pautas para la creación de Oficinas Judiciales, que concentrarán las funciones administrativas y operativas que ahora recaen en los jueces.

Reforma de algunos artículos del Código Penal

Otra de las reformas apunta a habilitar en el Código Penal (C.P.) la posibilidad de que los fiscales “dispongan” la extinción de la acción penal, esto es: que evalúen la pertinencia de iniciar un caso penal o de desestimarlo. Por ejemplo, si un padre atropella a su hijo al mover el auto, se puede prescindir de la investigación penal del hecho, “si a todas vistas se trató de un accidente”, explicó a Infojus Noticias uno de los redactores de la propuesta. Para evaluarlo se tendrá en cuenta los criterios de “oportunidad”, de “reparación integral del perjuicio” o el “cumplimiento de las condiciones establecidas para la suspensión del proceso a prueba”.

MB/PW


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