Infojus: Proponen adelantar la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial

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Proponen adelantar la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-11-18 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-16 05:19

El proyecto de ley, que permitiría poner en funcionamiento el texto desde el 1 de agosto de 2015, se basa en que el contenido de la norma fue ampliamente difundido. Así lo indicaron los senadores Aníbal Fernández y Miguel Ángel Pichetto.

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación podría entrar en vigencia desde el 1 de agosto de 2015 en lugar del 1 de enero de 2016. Para eso deberá aprobarse el proyecto de ley que hoy presentaron los senadores Aníbal Fernández y Miguel Ángel Pichetto, ambos del Frente para la Victoria. “Durante el análisis de la propuesta en el ámbito parlamentario, tuvo lugar una intensa serie de consultas con los más variados sectores de opinión, lo que contribuyó a que los términos del nuevo ordenamiento recibiesen una extensa difusión”, fundamentaron al explicar por qué debería anticiparse la entrada en vigencia de la ley.

De esta manera, la iniciativa, que “impulsa la modificación de la entrada en vigencia de la Ley 26.994, aprobada como nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, en reemplazo del Código Civil oportunamente sancionado en virtud de la Ley 346, y del Código de Comercio”, posibilitaría que el texto se pusiera en funcionamiento antes de lo previsto. Los legisladores explicaron que el plazo original “respondía a la valoración inicial relativa al tiempo que se estimaba apropiado para que en el mismo tuviera lugar un proceso de divulgación de la nueva legislación”.

Sin embargo, destacaron que “antes de la sanción definitiva del proyecto, la mayoría de los contenidos comprendidos en la nueva regulación resultaban ampliamente conocidos en los ámbitos académico y profesional del derecho; conocimiento que también se extendió a entidades y organizaciones sociales como asimismo a una incontable cantidad de personas que se interesaron en los nuevos institutos y normas de la codificación entonces propuesta”.

A su vez, resaltaron que “la labor cumplida por la Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación se llevó adelante en un marco de extendida participación ciudadana, mediante la celebración de audiencias públicas en numerosos puntos del país con encomiable perspectiva federal”.

Y agregaron que estas jornadas se tradujeron en “la aprobación de la obra codificadora mediante la Ley Nº 26.994 y su posterior promulgación por el Poder Ejecutivo Nacional, en importantes manifestaciones de adhesión por parte de diferentes sectores de la comunidad a las innovaciones jurídicas consagradas en el nuevo Código que ha actualizado y unificado la legislación civil y comercial de la Nación”.

En ese sentido, ambos senadores plantearon “la necesidad de no diferir la entrada en vigencia de las previsiones de la Ley, lo que nos impulsa a promover que se reemplace el señalado artículo 7° de dicho instrumento legal, por un enunciado que dé satisfacción al reclamo de amplios sectores de la opinión pública, encaminado a que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación entre en vigencia a la brevedad”.

Por último, destacaron que con la entrada en vigencia de la nueva norma “cobran especial valor las nuevas normas que regulan cuestiones relacionadas con las personas humanas, el nombre de éstas, nuevas fuentes de filiación como las originadas en técnicas de reproducción humana asistida, la simplificación y agilización de los procedimientos de adopción, la responsabilidad parental, los derechos de las personas menores de edad, los sistemas de apoyo y salvaguarda concernientes a las personas con capacidad restringida”.


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