Infojus: "El Código civil y comercial toma y regula lo que ya está en la realidad"
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"El Código civil y comercial toma y regula lo que ya está en la realidad"
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-11-04 | Por: Silvana Melo | Fecha de captura:: 2016-01-09 18:17
Lo dijo Marisa Herrera en las Jornadas Académicas del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, organizada por Inojus, los Colegios de Abogados y las universidades de Lanús y Avellaneda. “El derecho atraviesa las vidas de todos nosotros y como responde a la realidad cotidiana, también va cambiando”, agregó Paula Pontoriero, directora de Infojus.
El nuevo Código Civil como la foto de una sociedad multicultural, un mundo donde hay lugar para todos con los mismos derechos y la democratización imprescindible de las relaciones familiares fueron algunos de los conceptos sobre los que se abundó en la apertura de la jornada académica sobre el nuevo Código Civil y Procesal, organizada en conjunto por el Colegio de Abogados de Lanús -Avellaneda, las dos universidades e Infojus.
Clara y descontracturada, Marisa Herrero fue la primera en hablar sobre la complejidad del derecho de familia en el marco de un Código transformador que deja atrás el estereotipo de una única familia nuclear y una estigmatización que parte desde el lenguaje hasta la regulación de las relaciones vinculares.
Adriana Coliqueo, presidente del Colegio de Abogados de Avellaneda y Lanús presentó la nueva letra normativa como una demostración de que “somos una sociedad multicultural”, mientras que la directora de Infojus, Paula Pontoriero, consideró trascendente “poder facilitar el acceso a la información jurídica, al conocimiento de los derechos”. El derecho “atraviesa las vidas de todos nosotros y como responde a la realidad cotidiana, también va cambiando”.
Herrera, abogada, docente, investigadora del Conicet, especialista en Derecho de Familia, fue una de las redactoras del nuevo Código. Consideró que “hay que reformar para transformar porque la ley es una herramienta importante para los cambios culturales profundos”. En un intercambio constante entre letra y cotidianidad, el Código “toma y regula lo que ya está en la realidad”.
Durante la charla fue proyectando íconos disparadores (como el concepto de Gordon: la gente se rebela cuando ve que su situación es injusta y la puede cambiar) y construyendo la lógica progresista y “garantista del derecho privado” que, sobre el nuevo Código, expuso ante un público casi exclusivamente proveniente del Derecho. En principio, enumeró las leyes que en la última década han modernizado las relaciones civiles, entre ellas, Matrimonio Igualitario, Identidad de Género y Muerte Digna.
Las leyes que hoy confluyen en la concepción de que “en este mundo entramos todos y con los mismos derechos” implican dejar atrás un Código Civil “pacato, discriminador, para una clase media con patrimonio”, con la preminencia de “un Derecho de Familia lleno de miradas religiosas”. Los prejuicios que han rodeado normas revolucionarias como el matrimonio igualitario o la identidad de género “han afectado generalmente a los primeros grupos a los que se apunta: ser hijo de padres divorciados era un estigma”. Pero las regulaciones de aquellos cambios sociales inexorables colaboran a las transformaciones culturales. “Hemos pasado de una familia tradicional a una familia plural. Todos tenemos ideología y el Código también la tiene”, dijo Herrera.
La especialista insistió en que las ambigüedades legales han determinado que cada caso se lee “según el juez que nos toca. Ahora muchos tendrán que irse porque muchos no pueden ver este Código. Y está bueno que la Justicia se oxigene. Porque es imprescindible asumir que el otro tiene una historia diferente, es diferente, tiene una familia diferente. Por más que no sea como la mía”. Porque “yo llevo a Tribunales un dolor que no es jurídico, y Tribunales me lo repotencia”, dijo.
Uno de los puntos que destacó es “el divorcio incausado y sin plazo; no hay que esperar nada para divorciarse y no es necesario que el otro esté de acuerdo”. Hasta ahora, “intentan reconciliarme”, cuando “lo que quiero es divorciarme porque no funcionó”, explicó.
El lenguaje duro y discriminatorio y los roles estereotipados dejan lugar en la nueva normativa a vínculos que tienden a la democratización de las relaciones familiares. La antigua “patria potestad” implica ahora “responsabilidad parental” y se determina la diferencia clara entre el niño y el adolescente (de trece años en adelante) “para que no se utilice el criterio ocasional del juez que le toque”. “La tenencia -eso es para armas de guerra o estupefacientes, no para chicos”, definió Herrera- es una vinculación “de coparentalidad con los dos padres que tengan los mismos derechos y las mismas obligaciones” en la búsqueda “de que la ruptura entre ambos afecte al niño lo menos posible”. Las madrastras y padrastros de los más crudos cuentos infantiles se denominan ahora como “progenitor afín”, en la construcción de un vínculo afectivo.
Las tres fuentes filiales
“El uso de las técnicas de reproducción humana asistida (TRHA) observa tantas especificidades que requieren de un régimen jurídico propio”, sostuvo Marisa Herrera acerca de uno de los puntos más áridos de la nueva legalidad. “Las normas que regulan la filiación ‘biológica o por naturaleza´ no siempre resultan lógicamente aplicables a la filiación que surge porque la ciencia interviene para que esta persona haya nacido. Tampoco son aplicables las reglas de la adopción”.
“Si yo estoy casada con un señor cuyo material genético no es hábil para procrear y decidimos utilizar material genético de un tercero (donante anónimo) el padre es mi marido, quien tiene la llamada voluntad procreacional: los integrantes de este matrimonio serán los padres, son ellos quienes ejercen todos los derechos y deberes que se derivan de la filiación”, explicó. En estos casos, es madre la que da a luz al niño. Y se determina, a partir del artículo 19 tan disputado y discutido, que “la existencia de la persona humana comienza con la concepción”, lo que deja fuera de discusión a los embriones congelados. Un tema que eriza las pieles eclesiásticas. Herrera terminó con una definición de Gramsci: “la indiferencia es el peso muerto de la historia”. Mientras tanto, dijo, “lo que no hay que permitir es que las injusticias se sigan perpetuando”.
Contratos y obligaciones
El encuentro en la Universidad de Lanús se extendió hasta la tarde. Natalia de la Torre disertó sobre las técnicas de reproducción humana asistida como una tercera fuente filial. Después del almuerzo empezó el segundo módulo. Mariel Fernanda Molina habló sobre aspectos patrimoniales en el matrimonio y en las uniones convivenciales. Federico Notrica se refirió a las nuevas relaciones entre padres e hijos. Y describió un recorrido desde la patria potestad a la responsabilidad parental.
El encuentro cerró con el tercer y último módulo, del que participó Gustavo Caramelo, juez civil y codirector de la revista Derecho Privado de Infojus. Caramelo habló sobre las modificaciones sustanciales en el régimen de los contratos y se refirió a la teoría sobre los mismos en el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. También a los diferentes principios que rigen en materia contratual. Expresó sus ideas en cuanto a la regulación de diferentes tipos de contratos y se refirió a la importancia que tiene hoy en la nueva legislación la finalidad. Además, explicó los contratos de consumo y su relación con la protección de los derechos.
El juez Gustavo Caramelo expuso en el tercer y último módulo, al cierre del encuentro.
Al final de la jornada, Daniel Candis, docente de la Universidad de Lomas de Zamora y recientemente designado por elConsejo Interuniversitario Nacional (CIN) como representante académico dentro del Consejo de la Magistratura, se refirió a los aspectos obligacionales en el nuevo código unificado.
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