Infojus: El Senado empezará a analizar la reforma del Código Procesal Penal

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El Senado empezará a analizar la reforma del Código Procesal Penal

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-10-27 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-16 16:13

El nuevo Código comenzará a ser tratado en la Cámara Alta con la presencia del ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, y el secretario de la misma cartera, Julián Álvarez. La ronda de consultas con los legisladores se extenderá hasta fines de noviembre.

El nuevo Código Procesal Penal de la Nación comenzará a ser analizado mañana en el Senado, con la presencia del ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, y el secretario de la misma cartera, Julián Álvarez.

Los funcionarios iniciarán mañana a las 15 la ronda de consultas que realizarán los legisladores que conforman las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda y que se extenderán desde esta semana hasta fines de noviembre.

La presencia de Alak y de Álvarez, en la reunión que se realizará en el Salón Azul, fue confirmada por el presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, el kirchnerista entrerriano Pedro Guastavino.

Según el jefe del bloque de senadores del Frente para la Victoria, Miguel Angel Pichetto, se trabajará “todo el mes” con el proyecto y se intentará “tenerlo aprobado antes del cierre de las sesiones ordinarias” previsto para el 26 de noviembre.

El nuevo Código introduce, como modificación principal, el reemplazo del actual sistema “inquisitivo” por un sistema legal “acusatorio”, en el que la investigación preparatoria estará a cargo del fiscal y podrá tardar hasta un año. “Este nuevo sistema ‘acusatorio’ que se pretende implementar ha sido insistentemente reclamado por la doctrina jurídica”, dijo Pichetto.

En la preparación del juicio se decidirá qué pruebas se tendrán en cuenta y se determinará el tribunal que se hará cargo del proceso oral y público.

La tercera etapa de la causa es el juicio en sí mismo. Todo el proceso no puede durar más de tres años y así se busca dar inmediatez a los juicios. “Este es un novedoso elemento para evitar los procesos eternos”, aseguró el presidente de la Comisión de Seguridad Interior y Narcotráfico de la Cámara, y ex juez en la provincia de Salta, Rodolfo Urtubey.

En declaraciones a la agencia Télam, Urtubey detalló que si fiscales y jueces no cumplen con el plazo máximo de tres años podrán “ser separados” de la causa.

Otro aspecto de la reforma establece que los procesos serán grabados en video y que la víctima puede intervenir en todo el juicio.

Con este nuevo sistema “acusatorio” los fiscales son los que realizan la investigación y recogen las pruebas, en tanto que el juez es un tercero imparcial que decide sobre la legalidad de las evidencias y valorará las pruebas que obtienen otros.

Además, se crean 17 nuevas fiscalías y 1.713 nuevos cargos en las fiscalías y defensorías de todo el país; por lo cual es necesario que al nuevo Código lo analicen también los legisladores que componen la Comisión de Presupuesto y Hacienda que encabeza el senador Aníbal Fernández.

El nuevo Código obliga a los fiscales a investigar las causas en las que el imputado sea un funcionario público y se le atribuyera un delito cometido en ejercicio de su función o en razón de su cargo o cuando apareciera como un episodio dentro de un contexto de violencia doméstica o motivada por razones discriminatorias.

Uno de los puntos en los que el viejo Código y el nuevo se parecen es en la prisión preventiva que será dictada cuando exista peligro de fuga del acusado o este pueda entorpecer la investigación en función de la gravedad de las circunstancias del delito, su naturaleza, la conmoción social que provocó el hecho o las condiciones del imputado. Pero antes de llegar a la prisión preventiva el Código prevé una lista de 11 opciones.

Las medidas de coerción alternativas van desde la promesa del acusado de someterse al proceso, que entregue sus documentos, que se presente mes a mes en el juzgado, la vigilancia electrónica o el arresto en su domicilio.

Además, en el caso de las víctimas, aún sin ser querellantes, deben ser escuchadas, informadas y protegidas y pueden intervenir, seguir con la acción privada cuando el fiscal desista de la acción pública y participar de las audiencias previas a la libertad del condenado por el delito del que fueron víctimas.

Entre otros aspectos, el Código establece que los extranjeros ilegales detenidos en flagrante delito sean expulsados del país, siempre que el delito que se les imputa conlleve el cumplimiento de una pena privativa de la libertad cuyo mínimo no fuere superior a tres años de prisión.

De todos modos, se lo expulsará del territorio siempre que ello no vulnere el derecho de reunificación familiar.

La expulsión dispuesta judicialmente conlleva, sin excepción, la prohibición de reingreso que no puede ser menor a cinco ni mayor a 15 años.

Respecto de la reforma, Guastavino recordó que desde abril de este año se vienen estudiando varios proyectos de modificación del Código Procesal Penal y que “existe un amplio consenso para su implementación”.

Urtubey aclaró que la implementación y puesta en marcha del nuevo Código se dará tras la conformación de la Comisión Bicameral que se creará una vez que este proyecto sea sancionado por el Congreso.

“Los tiempos de implementación están relacionados con una Ley posterior que será discutida el año próximo. Por lo que el Código recién podría empezar a regir a partir de 2016”, resaltó.
 


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