Infojus: Cinco claves para entender el pago soberano de la deuda

Recuperadas de Infojus
Publicación original por

Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.

En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”

A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.

Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias

Cinco claves para entender el pago soberano de la deuda

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-08-20 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-02-02 03:00

El proyecto que anunció ayer la presidenta Cristina Fernández de Kirchner prevé el cambio de jurisdicción para el pago de la deuda pública, la reapertura del canje voluntario y designa como nuevo agente de pago a Nación Fideicomiso SA, en reemplazo del BoNY. Y pagar a los holdouts, se abrirá una cuenta especial.

El proyecto de ley de “pago soberano local de la deuda” anunciado anoche por la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, tiene 45 páginas, de las cuales 39 corresponden a fundamentos que dan sustento a la iniciativa y 6, al articulado que da forma a la norma. La propuesta contempla el cambio de jurisdicción de pago de la deuda pública y reabre el canje voluntario. El anuncio se realizó en el marco del litigio con los fondos buitre, en el que el juez neoyorquino, Thomas Griesa, bloqueó parcialmente el pago a bonistas. Cinco claves para entender el proyecto.

Entre los fundamentos de esta iniciativa del Poder Ejecutivo está crear los instrumentos legales que “permitan el cobro de los servicios correspondientes al cien por ciento de los títulos emitidos en el marco de la reestructuración de Deuda Soberana 2005-2010 y de los que en el futuro se emitan en reemplaza de aquellos que aún no ingresaron a dicha reestructuración”, afirmó anoche la presidenta.

La iniciativa prevé que todos los títulos públicos emitidos en los canjes de deuda de los años 2005 y 2010 puedan ser cobrados voluntariamente por los tenedores en Buenos Aires, evitando así el riesgo de ser embargados por jueces extranjeros, como sucedió con Griesa. El cambio de sede de pago no será compulsivo, por lo que cada tenedor podrá elegir en qué jurisdicción quiere cambiar sus bonos.

En el proyecto se autoriza al Ministerio de Economía a remover al “bank of New York Mellon como Agente Fiduciario y a designar en su reemplazo a Nación Fidecomiso S.A”. La presidenta detalló ayer que “el Banco Central garantizará el pago a los servicios de deuda en base a los convenios de 2005 y 2010. Se autoriza al ministerio de Economía a pagar los fondos del fideicomiso donde serán mantenidos a la espera de ser cobrados por los acreedores”.

Se sancionará una ley para abrir un canje voluntario y libre de deuda pública para tenedores de bonos bajo legislación extranjera. Estos podrán cambiar por otros en mismas condiciones bajo legislación local. El proyecto también autoriza al Ministerio de Economía la emisión de títulos para “el 7,6 por ciento que nunca ingresó” a los canjes de 2005 y 2010. Este porcentaje de tenedores quedarán bajo los términos del año 2010

El proyecto también contempla la apertura de una cuenta especial en el Banco Central de la República Argentina para que el Ministerio de Economía deposite los pagos que corresponderían a los holdouts, si hubieran ingresado al último canje. La cuenta tendrá como único uso cancelar obligaciones con tenedores de deuda.


Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: Nota de Infojus borrada