Infojus: Buscan impedir la mediación en casos de homicidos y violencia de género

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Buscan impedir la mediación en casos de homicidos y violencia de género

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-08-12 | Por: Juan Manuel Mannarino | Fecha de captura:: 2016-01-28 23:46

Después del debate que originó el caso de Gianfranco Dolce -el joven que no será juzgado, ni condenado por un acuerdo entre partes-, el gobierno bonaerense trabaja en un proyecto para reformar la ley de mediación penal. Buscan que el juez dicte sentencia cuando se trate de un homicidio culposo, o en casos de violencia de género.

Después del caso de Gianfranco Dolce sigue el debate sobre la mediación penal. El hijo de Bárbara Durand había sido acusado de provocar, en estado de ebriedad, un accidente en la autopista Panamericana en el que murieron tres obreros. Lo imputaron por homicidio culposo, pero por un acuerdo entre las partes -familiares de víctimas y familiares de acusados-, el joven no podrá ser juzgado ni condenado por la Justicia Penal bonaerense. No sólo los medios y los especialistas judiciales se hicieron eco de discutir sobre si una persona puede o no ser juzgada después de provocar la muerte.  Ahora, el gobierno bonaerense  junto al ministro de Justicia, Ricardo Casal,  enviará un proyecto de ley a la Legislatura para reformar la norma, con el objetivo de que “ni los homicidios culposos, ni los casos de violencia de género” puedan ser objeto de mediación penal. Esto significa que, en estos casos, el juez deberá dictar sentencia por lo acontecido.

Además, el gobierno provincial comunicó formalmente, a través de una resolución del jefe de gabinete, Alberto Pérez, que se mantendrá la suspensión del registro de Dolce para que no pueda manejar, lo que antes había sido solicitado públicamente por el ministro del Interior de la Nación, Florencio Randazzo. La Ley 13.433, de Mediación Penal, fue sancionada en 2005 para resolver conflictos penales menores. Establece en su articulado que para llegar a una Mediación Penal “siempre será necesario el expreso consentimiento de la víctima” y que el trámite se realizará ante las “Oficinas de Resolución Alternativa de Conflictos Departamentales” que dependen del Ministerio Público Fiscal. La ley ya contempla excepciones: no puede haber mediación cuando la víctima es menor de edad, cuando el imputado es un funcionario público en ejercicio de su cargo y en causas dolosas que contemplen delitos contra la vida, contra la integridad sexual, robos o contra el orden constitucional.

Si bien los especialistas en Derecho Penal y Criminología apoyaron el acuerdo entre las partes por el caso de Dolce, profesionales que trabajan con casos de violencia doméstica apoyaron la medida del gobierno bonaerense. La abogada Viviana Núñez, Directora Provincial de Derechos Humanos y a cargo del Programa de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia, celebró la iniciativa y la defendió como una conquista de los organismos que luchan contra la violencia de género. “Hace tiempo que esperábamos una ley que exprese el rechazo a la mediación judicial para casos de violencia a las mujeres. En diferentes jornadas, congresos y paneles venimos sosteniendo que la mediación no es posible bajo ningún aspecto. Por algo fundamental: la víctima y el victimario no están en la misma posición. Hay asimetría y eso es inconcebible en este tipo de conflictos”, dijo Núñez a Infojus Noticias.

Toda mediación penal consiste en un acuerdo que requiere del consentimiento de las partes involucradas. De este modo, el acuerdo de partes cierra el caso y, por ende, impide que la Justicia siga actuando y que haya una sentencia. Para  Ana María Suppa, ex legisladora porteña por el FPV y especialista en temáticas de violencia de género, hay algo más importante: se impide la protección de la víctima. “En la mediación penal –reflexionó- se parte de la premisa de que las partes están en iguales condiciones de decidir libremente y de actuar en su propio bien, interés y resguardo. No es así. No se trata de un conflicto entre partes que pueden decidir y acordar en un plano de libertad e igualdad sino de un vínculo de sometimiento, de una relación de víctima-victimario en la que se reitera incansablemente una escalada de violencia que muchas veces termina con la muerte de la víctima”.

Suppa equiparó los casos de violencia de género con el avenimiento, figura eliminada del Código Penal tras haber sido utilizada en La Pampa en el caso de Carla Figueroa -que terminó asesinada por quien fue perdonado-. Y se preguntó: “¿Cuáles son las posibilidades de una toma de decisión autónoma cuando ella está convencida de que él va a cambiar porque se lo prometió o amenazada y atemorizada porque le dijo que iba a matarla o a matar a los hijos? La fe en que mágicamente la relación va a cambiar y el temor a lo que él puede hacer son las dos patas en las que se asienta la imposibilidad de decidir con libertad”.

Tanto Núñez como Suppa entienden que la violencia de género “no se frena” a menos que se intervenga “desde afuera” y no entre las partes, que alguien haga la denuncia y que luego el Estado actúe. Suppa dijo que la mediación penal “repite la misma historia del avenimiento, deja a la mujer desprotegida, en desigualdad de condiciones para decidir, para pactar, una vez que la Justicia cierra el caso y la cuestión vuelve a dirimirse en la esfera privada”.  Y la Justicia, según Núñez, no aborda de forma integral los temas de violencia de género “porque en los jueces todavía faltan concientización y sensibilidad social a la hora de trabajar con las víctimas y de cómo manejarse ante los hechos de violencia doméstica, donde hay que actuar con extremo cuidado. Lo que sí sabemos es que ningún tipo de mediación es posible”.

El proyecto del gobierno bonaerense también recibió el apoyo de los familiares de víctimas de accidentes de tránsito. “Los legisladores deberían revisar la ley porque la sociedad recibe un mensaje muy negativo y el mensaje es que se puede matar a tres personas, aunque sin intención, y no recibe una sanción penal, gracias a un acuerdo económico. Ese es un mensaje muy negativo para la sociedad”, expresó el titular de la asociación “Luchemos por la Vida”, Alberto Silveira.

A su vez, la Asociación “Madres del Dolor” es la que más criticó la mediación por el caso de Dolce. Viviam Perrone, la presidenta, dijo que “es difícil juzgar a los que familiares que aceptaron este arreglo” pero no entendió cómo quedó pendiente la sanción penal. “No estoy en contra de la reparación económica, pero Dolce debe cumplir una sentencia. Él va a seguir conduciendo, o sea, se le devolvió el arma con la que mató. Y eso es incomprensible”. Los casos de muertes por accidente de tránsito, según Perrone, son un tema pendiente para la justicia. “Hay entre 10 y 15 muertes diarias. En este caso no considero que fue un accidente, Dolce tenía exceso de alcohol en sangre, venía en exceso de velocidad, ni siquiera vio el auto que estaba detenido y encima no asistió a las víctimas. Cuando hay muertos, entiendo que la mediación no tiene que aplicarse”, dijo.


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