Infojus: Los usuarios de celulares podrán negarse a recibir publicidad

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A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.

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Los usuarios de celulares podrán negarse a recibir publicidad

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-07-02 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-21 04:14

El proyecto, sancionado por unanimidad, establece la creación del Registro Nacional “No Llame”, que permite al usuario no recibir publicidad ni ofertas no solicitadas a través de su celular. La duración en el Registro, que dependerá del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, será de dos años, y la baja se podrá realizar en cualquier momento.

La Cámara de Diputados convirtió en en ley el proyecto que permite a los usuarios de telefonía celular no recibir más publicidad en sus dispositivos móviles, a partir de la creación del registro denominado “No llame”.

El proyecto, sancionado por unanimidad por el cuerpo legislativo, establece la creación del Registro Nacional “No Llame”, que permite al usuario no recibir publicidad ni ofertas no solicitadas a través de su celular.

La iniciativa “protege a titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados”.

A lo largo del proyecto, se establece que podrá inscribirse en el registro “toda persona física titular o usuario autorizado del servicio de telefonía que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios”.

Se dispone que la inscripción al registro debe ser gratuita, por medios sencillos y eficientes; y que, luego de ser registrado, el cliente tiene derecho a obtener una constancia de dicha inscripción.

La duración en el Registro, que dependerá del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos será de dos años, y la baja se podrá realizar en cualquier momento.

Las empresas prestadoras de servicios telefónicos y los call center que trabajen de manera tercerizadas con las operadoras deberán actualizar la nómina de registrados con una periodicidad de 30 días.

Entre las excepciones se contemplan las campañas de bien público, las llamadas de emergencia pública, las campañas electorales y las llamadas que deben ser realizadas por razones contractuales, estás últimas en horarios razonables, señala el texto del proyecto


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