Infojus: Dijo que familiares de Cromañón querían lucrar: la justicia falló a su favor
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Dijo que familiares de Cromañón querían lucrar: la justicia falló a su favor
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-06-25 | Por: Franco Lucatini | Fecha de captura:: 2016-01-27 06:23
Una periodista atribuyó a los padres de las víctimas un interés lucrativo por su búsqueda de un subsidio estatal como reparación del daño que les produjo la tragedia de 2004 donde murieron 194 personas. Un juez dijo que debía indemnizar a la madre por “daño moral”. La Cámara de Apelaciones revocó el fallo.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civilrevocó una resolución de primera instancia en la que se había sentenciado a la periodista Silvina Walger a indemnizar a la madre de una de las víctimas del incendio del local “República de Cromañón”. La reportera atribuyó a los padres de las víctimas un interés lucrativo por su búsqueda de un subsidio estatal como reparación del daño que les produjo la tragedia. Un juez de primera instancia consideró que las declaraciones de la periodista –en un reportaje a Omar Chabán en 2006– provocaron un daño moral a los padres de las víctimas, y concedió la indemnización a una madre que recurrió a la justicia. La Sala “E” de la Cámara de Apelaciones revocó el fallo.
Samuel “Chiche” Gelblung, Daniel Tognetti, Silvina Walger y Reinaldo Sietecase entrevistaron a Chabán en su celda de la cárcel de Marcos Paz. En un momento, uno de los periodistas preguntó al dueño de Cromañón si se sentía condenado. “Por supuesto”, respondió. Y agregó: “Acá hay una situación en la que cada uno de ustedes crearon una situación de miedo y apoyaron el protagonismo de algunos padres”. Dijo que tenía miedo de que lo lincharan, y acusó a los padres de las víctimas de no haberse preocupado, en sus manifestaciones en la vía pública, en buscar a las tres personas que supuestamente habían utilizado pirotecnia dentro del local y provocado el incendio del local.
“Yo me hago cargo”
Walger señaló que no simpatizaba con los padres de las víctimas, y afirmó: “Los veo como unos lucradores de sus hijos muertos”. Tognetti y Gelblung cuestionaron sus palabras, y ella reaccionó doblando la apuesta: “Yo me hago cargo”. Reiteró que los padres “lucran con cada hijo” e insistió: “Cobran por cada hijo”. A raíz de esas declaraciones, la madre de una de las víctimas accionó judicialmente contra la periodista por daño moral. Manifestó haberse sentido ofendida porque “nunca obtuvo beneficio monetario alguno” y se le estaba adjudicando “un interés material en la búsqueda de castigo a los responsables”.
La causa se dio en el marco del reclamo de una indemnización por daños y perjuicios, pero terminó girando en torno al análisis de dos grandes bienes jurídicos: el derecho a la libertad de expresión, y la posibilidad de que se hubiera cometido el delito de calumnias o injurias. El juez de primera instancia descartó esa última posibilidad porque para poder considerar a la declaración como calumnia, las expresiones deben atribuir a la conducta de otra persona la eventual comisión de un delito. En este caso, las palabras de la periodista podían tan sólo atribuir una conducta “deshonrosa” por parte de los padres de las víctimas.
Según se pudo comprobar en el expediente, la mujer sí había recibido un subsidio del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Con esos 8400 pesos, pagados en siete cuotas, afrontó los gastos mortuorios. El juez de primera instancia concluyó que ese ingreso “no implica el desarrollo de una actividad lucrativa, sino de un subsidio mínimo otorgado por el GCBA”. La madre del joven fallecido consideró que las expresiones “agraviaban su honor”, porque jamás permitió que le ofrecieran “ningún tipo de prebenda”, ni procuró “enriquecimiento o venganza personal” a partir de la tragedia.
Libertad de expresión
La periodista se escudó en que había emitido una opinión libre respecto a los padres de Cromañón. El juez de primera instancia entendió que la afirmación de la periodista supuso una opinión peyorativa e inaceptable para el honor de la madre, y la obligó a indemnizarla. Pero la Cámara revocó la sentencia y consideró que “más allá de la marcada antipatía de la demandada por los padres, las locuciones evidencian la intención de expresar una opinión sobre una conducta que estiman inapropiada, sin llegar al insulto directo y desligado del discurso crítico que ambas personas despliegan sobre la recepción de cualquier tipo de ofrecimiento monetario”.
La misma demandante admitió en su alegato que los dichos de la periodista constituyen un juicio de valor y no un insulto, pero la caracterizó como “una opinión vergonzosa que provoca dolor y desazón”. Los jueces Fernando Racimo, Mario Calatayud y Juan Carlos Dupuis opinaron que “la atribución de un interés material en la búsqueda de un subsidio no tiene características necesariamente agraviarse, y menos aún puede considerarse indigno que un padre busque y obtenga un ofrecimiento monetario por parte de una entidad estatal para superar un trance tan terrible como la muerte de un hijo”.
En base a eso, los magistrados concluyeron que Walger “ha formulado una opinión admisible en el marco del debate sobre un tema de interés público y dentro del cual se ha pretendido determinar las causas materiales y las responsabilidades jurídicas por el incendio del local República de Cromañón”. Y finalizaron: “Las expresiones combinadas de la periodista reflejan una profunda falta de simpatía con los familiares de las personas muertas en el local, y su forma raya en lo inadmisible en el maro de una sociedad democrática, pero fueron vertidas en un intercambio de opiniones y en un proceso de esclarecimiento respeto de su propia posición por un ataque de Chabán”.
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