Infojus: Obra social debe cubrir fertilización asistida para una pareja de mujeres

Recuperadas de Infojus
Publicación original por

Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.

En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”

A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.

Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias

Obra social debe cubrir fertilización asistida para una pareja de mujeres

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-06-19 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-23 17:22

Verónica y Susana, de 39 y 51 años, están juntas desde hace 12 años y casadas hace dos. Presentaron un amparo después de que la obra social IOMA negara la cobertura del tratamiento aduciendo que no hay posibilidad de donación de gametos.

Un matrimonio de mujeres presentó un amparo ante la Justicia de La Plata para que una obra social les cubra el tratamiento de fertilización asistida y así poder tener hijos. El Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, en función de Sala III de Flagrancia, hizo lugar a la presentación.  

En una sentencia de casi cincuenta páginas los jueces Germán Alegre, Juan Carlos Bruni y Emir Caputo Tártara, hicieron lugar al amparo presentado por Verónica Novoa y Susana Bottinnelli. Así lo confirmó a Infojus Noticias el abogado de las mujeres Francisco Tufankchi: “Básicamente se hizo justicia y se le dio una validez a ley de acuerdo a las normas constitucionales”, dijo el abogado.

Verónica y Susana, de 39 y 51 años respectivamente, están juntas desde hace 12 años y casadas hace dos. El amparo fue presentado después de que la obra social IOMA negara la cobertura del tratamiento  aduciendo que no hay posibilidad de donación de gametos o células reproductoras ya que la ley provincial “habla sólo de gametos aportados por integrantes de la pareja”:

“La ley provincial no solo era inconstitucional sino que además era incompleta” dijo a este medio Tufankchi quien destacó que existe una “supremacía de normas” que los jueces tuvieron en cuenta para dictar la sentencia favorable. Al ser consultado sobre como estaban las chicas después de conocer la noticia, “están fabulosas, lloraban”, dijo el abogado que advirtió: “vamos a ver como se aplica”

La sentencia ordena que se “otorgue la cobertura de fertilización en vitro de alta complejidad con donación ovocitaria (ovodonación) y espermatozoides que requiere la patología de infertilidad que padecen las actoras en su integralidad”. 


Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: Nota de Infojus borrada