Infojus: La Justicia española rechaza extraditación de "Billy El Niño"

Recuperadas de Infojus
Publicación original por

Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.

En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”

A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.

Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias

La Justicia española rechaza extraditación de "Billy El Niño"

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-04-30 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-31 10:36

La resolución, adoptada por la Audiencia Nacional de España, argumentó que los 14 delitos de torturas que se le imputan a Antonio González Pacheco, alias “Billy El Niño”, cometidos entre febrero de 1971 y septiembre de 1975, quedaron prescritos pasados diez años, según la legislación española.

La Audiencia Nacional de España rechazó hoy la extradición a la Argentina del ex inspector de policía Antonio González Pacheco, alias “Billy El Niño”, reclamado por la jueza argentina María Servini de Cubria, en el marco de una causa que investiga torturas infringidas a detenidos durante la dictadura franquista.

La resolución, adoptada por la Sala Segunda de lo Penal del tribunal, argumentó que los 14 delitos de torturas que se le imputan a González Pacheco, cometidos entre febrero de 1971 y septiembre de 1975, quedaron prescritos pasados diez años, según la legislación española.

El pasado 25 de abril, otra sala del mismo tribunal también rechazó entregar a la justicia argentina al ex capitán de la Guardia Civil Jesús Muñecas, de 77 años, imputado en la misma causa.

En ambos casos se utilizaron los mismos argumentos: que los delitos de torturas están prescriptos y que no constituyen crímenes de lesa humanidad.

“La denuncias por estos hechos se interpusieron en 2010 y 2012, por lo que el período de prescripción esta ampliamente cumplido”, remarcó el dictamen sobre González Pacheco, al que tuvo acceso Télam.

Asimismo, el tribunal no niega los delitos de tortura cometidos por “Billy El Niño”, cuyas víctimas aún recuerdan su brutalidad, pero rechaza que puedan considerarse crímenes de genocidio o lesa humanidad.

“Por mas que los hechos descritos constituyan delitos de tortura a detenidos por un grupo determinado, aislado y concreto de funcionarios policiales al no constar que las mismas fueran parte de un ataque sistemático y organizado a un grupo de la población”, sostuvo la resolución.

En este sentido, la Audiencia Nacional no aprecia que las torturas por las que se reclama a González Pacheco “guarden relación con los asesinatos y desapariciones forzadas a las que se circunscribe el procedimiento argentino que se perpetraron tras el 17 de julio de 1936”.

La jueza argentina imputó a Billy El Niño, de 67 años, por torturas contra 14 víctimas que tuvieron lugar a lo largo en los años 70 en las cárceles madrileñas de Yeserías y Carabanchel. Por su parte, Muñecas participó del fallido golpe de Estado del 23-F, y está imputado por torturas a Andoni Arrizabalada Basterrechea en 1968 en la Comandancia de Zarautz, País Vasco.

La causa abierta en Argentina en 2010 investiga los crímenes de lesa humanidad y/o genocidio cometidos en España entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977, período que va más allá de la muerte del dictador Francisco Franco, fallecido el 20 de noviembre de 1975.

Al imputar a los ex agentes de seguridad españoles, Servini de Cubría señaló que los crímenes del franquismo son imprescriptibles, y defendió su competencia para investigar puesto que cabe aplicar el principio de jurisdicción universal para evitar que puedan quedar impunes.

En la decisión de la jueza fueron clave los testimonios de algunas víctimas del franquismo que se trasladaron a Buenos Aires para prestar su declaración y que también lo hicieron en consultados de Argentina.


Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: Nota de Infojus borrada