Infojus: Los mecanismos de la dictadura para extranjerizar la economía
Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.
En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”
A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.
Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias
Los mecanismos de la dictadura para extranjerizar la economía
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-03-09 | Por: Pablo Waisberg | Fecha de captura:: 2016-01-21 00:32
La ley que regulaba las inversiones extranjeras sólo sobrevivió algunos meses al golpe de Estado. Junto con la Ley de Entidades Financieras fue una de las primeras en ser anuladas. En los ‘90 llegaron los Tratados Bilaterales de Inversión, que permiten que las empresas extranjeras ignoren a la Justicia argentina.
La legislación destinada a controlar la concentración y la extranjerización de la economía fue devastada por la última dictadura militar cuando impuso la Ley de Inversiones Extranjeras (21.382) y archivó la norma que regulaba el ingreso de capitales extranjeros (20.557). Se trata de una ley que había sido aprobada en septiembre de 1973 y fue una de las primeras que volteó la dictadura. No sólo establecía un marco para que las empresas extranjeras invirtieran en el país y avanzaran en un proceso de sustitución de importaciones, también regulaba la remesa de utilidades a sus casas matrices y limitaba las áreas de injerencia consideradas “estratégicas”: defensa y seguridad nacional, servicios públicos, banca comercial y medios de comunicación.
Esa norma de la última dictadura fue perfeccionada con los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) que, entre otras cosas, posibilitaron que las empresas extranjeras lleven sus demandas al exterior. Por eso, British Gas, entre tantas compañías internacionales, pudo llevar su reclamo primero ante un tribunal de la ONU y luego ante la Corte Suprema de Estados Unidos, que acaba de darle un fallo favorable. Allí reconoce los 185 millones de dólares reclamados por la compañía y, además, consideró que no es obligación que la empresa haga una primera demanda anta la Justicia argentina. De ese modo, revirtió el fallo de la Corte de Apelaciones de Washington que había dicho que debía presentarse primero ante los tribunales del país donde hizo la inversión, tal como lo estipula el TBI firmado.
Con ese tipo de acuerdos vigentes –más de cincuenta- y la falta de una norma que regulara el entramado de las grandes compañías extranjeras, el Estado avanzó con políticas de parches. Una de ellas fue el decreto de octubre del 2011, que eliminó el beneficio de liquidar las divisas por exportaciones en el exterior, una posibilidad que sólo tenían dos actividades: minería e hidrocarburos. Se trata de dos sectores de la economía donde la mayoría de sus actores están entre las 500 mayores compañías que operan en la Argentina. Dentro de ese grupo, donde se encuentran sólo las empresas con mayor facturación, el 70% son extranjeras y en muchos casos tienen posiciones monopólicas.
La Ley de Radicación de Capitales Extranjeros (20.557) sólo tuvo vigencia entre septiembre de 1973 y agosto de 1976. La norma establecía, entre otras regulaciones, un límite anual para remesar utilidades a los países de origen de las inversiones y definía claramente las áreas donde podían invertir las compañías multinacionales, que debían contar con la aprobación expresa del Poder Ejecutivo.
El texto señalaba que los bienes y servicios que la nueva firma produjera debían posibilidad la sustitución de importaciones. Esa definición estaba apoyada en la necesidad de desarrollar la industria local, que había comenzado a tener un despegue a partir de 1930. En esos últimos cincuenta años donde se sintió el proceso de industrialización por sustitución de importaciones, el crecimiento económico estuvo acompañado por la incorporación de trabajadores y mejoras salariales. Sin embargo, el principal rol de la Argentina había sido como proveedor de alimentos y materias primas al resto del mundo. Esa ley iba en el sentido de seguir cambiando la ecuación y bajar el peso de loscommodities y aumentar el de los productos industriales.
Además, la ley que eliminó la dictadura prohibía expresamente autorizar inversiones extranjeras sobre actividades relacionadas a la defensa y seguridad nacional, servicios públicos, banca comercial, medios de comunicación y actividades reservadas a empresas estatales o de capital nacional. Eran todas áreas consideradas “estratégicas” para el desarrollo del país.
Pero en pocos meses después del asalto al Estado, el ministro José Alfredo Martínez de Hoz se encargó de establecer las líneas del cambio de modelo económico: en agostó de 1976 emitió una nueva ley de inversiones extranjeras (21.382) y al año siguiente impuso una reforma financiera, que se materializó en la Ley de Entidades Financieras (21.526). Así como la ley de 1973 buscaba establecer los lineamientos para el desarrollo de la industria y la economía nacional, las normas que pulió Martínez de Hoz trazaron los ejes de una economía basada en la valorización financiera, la concentración y la extranjerización.
Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: