Infojus: Kiki Lezcano: “No rige la garantía de la igualdad ante la justicia”

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Kiki Lezcano: “No rige la garantía de la igualdad ante la justicia”

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-11-18 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-15 10:20

Lo dijo el juez Ramón Padilla en el fallo en el que decidió sobreseer al ex policía Santiago Veyga, acusado de matar a Lezcano (17) y Ezequiel Blanco (25) supuestamente cuando querían robarle. Padilla se quejó de la instrucción de la causa y dijo que no tenía elementos para procesar a Veyga. Angélica, la mamá del Kiki, ya apeló la sentencia.

En este momento, la muerte de Jonathan Kiki Lezcano, de 17 años, y Ezequiel Blanco, de 25, no tiene ningún responsable. Los jóvenes fueron asesinados en julio de 2009 por el entonces agente de la Policía Federal Daniel Santiago Veyga. La única versión de los hechos es la del propio Veyga: los jóvenes quisieron robarle, estaban armados, lo encerraron en un auto y el policía disparó para defenderse. El primer juez que estuvo a cargo de la causa, Facundo Cubas, le creyó y lo sobreseyó tres meses después del hecho.

Luego, por la acción de la querella que representa a Angélica Urquiza, la mamá de Lezcano, la causa llegó a la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal. En noviembre de 2011 los camaristas revocaron el sobreseimiento del policía, apartaron a Cubas y ordenaron que re abra la investigación. El Ministerio de Seguridad pasó a Veyga a disponibilidad.

El caso cayó por sorteo en el juzgado de instrucción 24 a cargo de Juan Ramón Padilla. Este magistrado fue el primero en escuchar a Angélica. Finalmente, después de casi dos años de investigación, Padilla decidió sobreseer a Veyga. El juez consideró que no pudo recolectar los elementos que le permitieran procesar al ahora ex policía. Padilla eligió una frase contundente para titular los fundamentos de su sentencia: “Del fracaso de la justicia”.

El juez analizó “las llamativas irregularidades que ha tenido la instrucción del sumario desde sus inicios, que en definitiva han perjudicado gravemente los intereses tanto del propio imputado como de los querellantes”. Y repasó una por una las decisiones de los funcionarios judiciales que hicieron que no haya elementos que permitan investigar el hecho.

El juez decidió sobreseer a Veyga porque consideró que no tiene “los elementos de prueba para saber si existió un doble homicidio calificado, una legítima defensa, un exceso en la legítima defensa o si el imputado actuó correctamente”.

Al concluir su fallo, Padilla se refierió al “doble estándar judicial”: “No rige lamentablemente, lo vemos a diario, la garantía de la igualdad ante la justicia, por cierto, si Lezcano y Blanco hubieran pertenecido a un sector social con mayores recursos todas estas situaciones, apuros por un lado, demoras, olvidados, contradicciones, por otro, no hubieran ocurrido”.

Angélica, la mamá del Kiki, ya apeló la sentencia que ahora está en estudio en la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.  La familia en conjunto con sus abogados evalúa también presentar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En primer lugar, Padilla señaló que su colega Cubas avaló que la Policía Federal estuviera involucrada en la investigación de un caso en el que un miembro de esa fuerza había provocado la muerte de dos personas con su arma reglamentaria. “Se imponía desde el inicio la obligación de apartar de la recolección de la prueba e instrucción del sumario al personal policial. Cuestiones de prudencia y sentido común ameritaban la rápida convocatoria de una fuerza de seguridad distinta, como bien podría haber sido la Gendarmería o Prefectura; pero nada de eso se hizo”, indicó.

El magistrado también señaló que Veyga no fue sometido a ninguna pericia posterior a los hechos que permita corroborar si fue cierto que, como él declaró, en ese momento estaba en estado de shock y no podía, por lo tanto, valorar la gravedad de lo que estaba ocurriendo.

Las familias de Lezcano y Blanco los buscaron durante dos meses: empezaron el 10 de julio de 2009 con una denuncia por desaparición. Recién a mediados de septiembre, el juez Cubas le dio un papelito a Angélica con el número del cuerpo de su hijo y la dirección de la morgue judicial. Este trato también es cuestionado por el juez Padilla en su sentencia.

Tres meses después de la muerte de los dos jóvenes, y sin que los familiares hubieran podido ver las actuaciones judiciales, el juez Cubas sobreseyó a Veyga. “No sólo se lo resolvió con extrema celeridad un evento de semejante magnitud, sino que se lo hizo de manera prematura”, afirmó Padilla.

De todas las deficientes actuaciones del Poder Judicial en la investigación de la muerte de los dos jóvenes, las que tienen consecuencias más profundas en la reapertura de la investigación son las que afectaron a las posibles pruebas de la causa.

A consecuencia del deficiente trabajo judicial, Padilla consideró que no tiene elementos para procesar a Veyga. Por un lado, no se realizaron pericias. Y al mismo tiempo, los objetos incautados no fueron cuidados de manera tal que se puedan periciar ahora. Las armas que se secuestraron como pertenecientes a Lezcano y Blanco están oxidadas y no se las puede analizar. La ropa que tenían los jóvenes nunca fue entregada por la Policía Federal. No se hicieron pericias balísticas. No se le tomó declaración indagatoria a Veyga. “Hemos defraudado a las partes”, concluye el juez.

Sobre cómo podrían haber ocurrido los hechos, el juez consideró que la clave está en cómo una situación en el que el ex policía Veyga estaba en inferioridad numérica concluyó con los dos chicos muertos. “No se ha podido determinar por qué ni Lezcano ni Blanco pudieron detonar las armas que supuestamente portaban cuando Veyga se identificó como policía, a pesar de encontrarse aquellos en superioridad numérica y mejor distribuidos en el interior del rodado donde se produjeron los eventos”.


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