Infojus: No se podrá estar detenido más de 24 horas en la “cárcel del Palacio”
Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.
En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”
A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.
Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias
No se podrá estar detenido más de 24 horas en la “cárcel del Palacio”
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-08-13 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-31 02:52
La Defensoría General de la Nación instruyó a los integrantes del Ministerio de la Defensa para que interpongan un hábeas corpus en caso de que una persona asistida por el organismo esté más de 24 horas en la Alcaidía del Palacio de Justicia.
La Defensoría General de la Nación instruyó a los integrantes del Ministerio de la Defensa para que interpongan un hábeas corpus en caso de que una persona asistida por el organismo esté más de 24 horas en la Alcaidía del Palacio de Justicia. El denominado Centro de Detención Judicial (U28) es una “unidad de tránsito de detenidos” que, últimamente, no es tan de tránsito. A la nota enviada la semana pasada al presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, por parte de la Procuración Penitenciaria,** y de la que diera cuenta Infojus Noticias**, se sumó hoy una instrucción de Defensoría General de la Nación.
La titular del organismo, Stella Maris Martínez, instruyó a todos los integrantes del Ministerio Público de la Defensa para que “interponga de forma inmediata una acción de hábeas corpus” en caso de que una persona asistida se encontrara por más de 24 horas en la cárcel del Palacio.
La Alcaidía funciona desde 1981 en el subsuelo del Palacio de Justicia, entrando por la calle Lavalle. Es un recinto con 39 celdas individuales para hombres, y otro pabellón común con 9 celdas para mujeres. Allí también pueden alojarse hasta 213 personas.
Los integrantes del organismo deberán presentar el hábeas corpus para que “se disponga su traslado a un centro de detención destinado para el alojamiento permanente o, en caso de no ser esto posible, se ordene su libertad”. Ello, “siempre que esto constituya la mejor protección de los derechos de la persona”, informaron desde la defensoría.
La semana pasada el Procurador Penitenciario de la Nación, Francisco Mugnolo, había advertido –al enviar una nota al presidente del máximo tribunal- su preocupación por el alojamiento prolongado de detenidos. En julio pasado, ejemplificaron en la nota, “decenas de personas habían dormido al menos una noche en la Unidad 28”, e incluso una de ellas “llevaba un mes entero en la alcaldía”.
A partir de uninforme realizado por la Defensoría en marzo de 2012, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional había reconocidola “ausencia de condiciones adecuadas para alojar internos por más de 24 horas en la Unidad nº 28 del Servicio Penitenciario Federal”. Esto mismo detalló la semana pasada la procuración penitenciaria al sostener acerca de quienes se encuentran detenidos en la U.28: “muchos dormían sobre el piso, sin colchones ni mantas, en condiciones de higiene pésimas, y rodeados de una asquerosamente presencia presente de cucarachas”, consignaron.
Más allá de eso, desde la Defensoría sostuvieron que se han recibido múltiples oficios que consignan que personas asistidas se han mantenido alojadas por períodos que superan –en algunos casos ampliamente- el plazo máximo establecido de 24 horas.
El año pasado, la Corte Suprema, mediante la Acordada 12/12, ordenó la limitación del traslado de detenidos a la U 28 del Servicio Penitenciario Federal. Lo que luego fue reafirmado por la Cámara enlo Criminal y Correccional que en una disposición del 15 de junio de 2012 ordenó a los jueces el “estricto cumplimiento” del Manual de Procedimientos de Normas Operativas Judiciales del Centro de Detención Judicial aprobado por la CSJN.
Un manual que contempla que los detenidos en la “cárcel del Palacio” sólo pueden permanecer allí “el tiempo requerido para dar recepción a su indagatoria o para la realización de diligencias urgentes que requieran su presencia constante en el juzgado”.
Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: