Infojus: Le "perdió confianza" a su empleado y lo echó: la justicia le dio la razón

Recuperadas de Infojus
Publicación original por

Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.

En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”

A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.

Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias

Le "perdió confianza" a su empleado y lo echó: la justicia le dio la razón

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-08-02 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-28 01:21

El dueño del centro recreativo “Catulo Castillo” tuvo “sobrados motivos” para despedir a un trabajador por “pérdida de confianza”. Los jueces advirtieron que el empleador “tuvo una actitud tolerante”. Y consideraron justificado el despido.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que el dueño del centro recreativo “Catulo Castillo” tenía sobrados motivos para despedir a un trabajador por “pérdida de confianza”.

El empleado estaba a cargo de la venta de entradas del centro, que está en la ciudad de Buenos Aires. Según el fallo, en reiteradas oportunidades había sido advertido por diferencias en la rendición de la caja.

Los jueces advirtieron que el empleador  “tuvo una actitud tolerante” y cumplió con los pasos previstos en la legislación laboral: lo suspendió en dos oportunidades y en otra solo lo interpeló a presentar la rendición “a la brevedad”.

En los fundamento, los magistrados aseguran que consideran “justificada” la actitud del empleador de retener de la liquidación final una suma equivalente al importe de las diferencias registradas.


Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: Nota de Infojus borrada