Infojus: "Ninguna provincia excede el límite de tenencia extranjera de tierras"
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"Ninguna provincia excede el límite de tenencia extranjera de tierras"
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-07-23 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2015-12-27 07:46
Cristina aseguró hoy que desde la aplicación de la Ley de Extranjerización de Tierras “ninguna de las 23 provincias argentinas excede el límite en materia de tenencia (en manos foráneas)”. Sólo un 5,93 por ciento del total de tierras rurales está en manos de extranjeros. Informe especial de Infojus Noticias.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner aseguró hoy que desde la aplicación de la Ley de Extranjerización de Tierras “ninguna de las 23 provincias argentinas excede el límite en materia de tenencia (en manos foráneas), lo que para mí es un orgullo”. Lo hizo al presentar los resultados del registro de tierras rurales llevado adelante como lo estableció la ley de Tierras sancionada en 2011.
La mandataria lo expresó en cadena nacional desde Casa de Gobierno, al brindar el informe sobre tierras rurales. Según reseñó, “sólo un 5,93 por ciento” del total de tierras rurales está en manos de extranjeros. Cristina agregó que el país cuenta ahora con “información certera y cabal” de dónde “estamos parados en relación a este recurso natural que es la tierra”
La Presidenta recordó hoy que cuando se votó la Ley sobre la extranjerización de las tierras hubo 104 legisladores que votaron en contra o estuvieron ausentes, por lo que llamó a los ciudadanos a estar “atentos a lo que dicen pero también a lo que hacen”. “Cuando tienen que sentarse en la banca (para votar) por lo que van hablando en todos lados, no están sentados. Es importante saber elegir” sostuvo la jefa de Estado en referencia a los diputados opositores.
Previamente había hablado el secretario de Justicia de la Nación, Julián Álvarez. El funcionario destacó que gracias a la acción de la Presidenta la Ley de extranjerización de las tierras “es plenamente operativa” y permite al Estado “determinar con precisión cuántas tierras rurales existen y cuántas de ellas pueden ser apropiadas por extranjeros”.
El funcionario sostuvo: “Estamos muy contentos. Nosotros elegimos proteger nuestros recursos naturales y nuestra soberanía popular”. En ese orden, Álvarez expresó que “ninguna provincia argentina supera el límite permitido” de tenencia de tierra en manos extranjeras, establecido en un 15 por ciento por ley y que, en lo concreto, apenas alcanza el 5,93%.
Los extranjeros son dueños del 5,93% de las tierras rurales argentinas: todas las propiedades de personas de otras nacionalidades suman un total de 15.881.069 hectáreas, una superficie semejante a la provincia de Salta.
El límite de extranjerización de las tierras rurales establecido por la ley 26.737, conocida como la “Ley de Tierras”, es del 15% a nivel nacional, provincial y subprovincial. A nivel nacional, el relevamiento realizado por el Registro Nacional de Tierras Rurales (RNTR) demuestra que el escenario actual está muy por debajo del límite.
La mayor cantidad de tierras extranjerizadas está en manos de propietarios estadounidenses, que son poseedores del 1,13% de las tierras rurales del país (un total de 3.042.680, 69 hectáreas). Siguen en cantidad de hectáreas los propietarios de nacionalidad italiana, española, suiza y uruguaya.
Si se observa provincia por provincia, todas están por debajo del 15%. Misiones, Corrientes, Salta, La Rioja y Catamarca tienen los niveles más altos de extranjerización: se encuentran entre el 10,9 y el 13,9 %. Las provincias de la Patagonia que muchas veces se señalan como muy extranjerizadas tienen distintos porcentajes que van entre el 2 y el 9,6%.
Las divisiones subprovinciales se acordaron con cada provincia, en algunos casos se trata de municipios, en otros de departamentos y en otros de partidos. En ese nivel, sí hay regiones que sobrepasan los límites establecidos por la ley. De 569 divisiones subprovinciales, 49 exceden el límite. Algunas lo sobrepasan por un margen menor, otras superan el 30% de extranjerización como es el caso de zonas de las provincias de Corrientes, Catamarca, Salta, Misiones y Neuquén.
El 22 de diciembre de 2011 el Congreso Nacional aprobó la llamada “Ley de Tierras” que protege el dominio nacional sobre la propiedad de las tierras rurales y los recursos naturales.
La norma establece un conjunto de límites a la extranjerización de las tierras rurales que conforman el 95,88 % del territorio nacional.
El primer límite que establece la ley 26737 es que sólo el 15% del territorio nacional puede estar en manos de personas físicas o jurídicas extranjeras. Al mismo tiempo, sólo el 15% del territorio de cada provincia puede estar en manos extranjeras y sólo el 15% de cada territorio subprovincial –puede tratarse de departamentos o municipios.
El segundo límite que establece la ley es que de ese 15% (en cada uno de los tres niveles) una misma nacionalidad no puede superar el 30% de la propiedad.
El tercer límite consiste en que un mismo propietario extranjero –ya sea una persona física o jurídica- no puede poseer más de 1000 hectáreas de la “zona núcleo” o su equivalencia. La zona núcleo es el norte de la provincia de Buenos Aires, el sur de la provincia de Santa Fe y el sureste de Córdoba donde las tierras tienen mayor valor productivo. Las equivalencias con tierras de otras zonas no fueron establecidas por el Consejo Interministerial de Tierras Rurales y por lo tanto el límite es de 1000 hectáreas por propietario.
El cuarto límite es que los extranjeros no pueden adquirir tierras rurales que contengan o limiten con cuerpos de agua permanentes como lagos o lagunas.
Como en todos los casos, la ley no atenta contra los derechos ya adquiridos por los propietarios sino que rige sobre las operaciones que se realizan desde la sanción de la norma. Pero sí establece restricciones a las operaciones que quieran hacer los propietarios extranjeros con las tierras ya adquiridas. Por ejemplo, si en un municipio la extranjerización es del más del 15% y un propietario extranjero quiere vender una cantidad determinada de hectáreas sólo podrá vendérselas a una persona o empresa argentina para que el porcentaje descienda.
Por ejemplo, los empresarios extranjeros Luciano Benetton, Douglas Tompkins o Joe Lewis –con miles de hectáreas principalmente en la zona patagónica- no podrán comprar más tierras en la Argentina.
En el marco de la aplicación de la ley de Protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales, el 1 de junio de 2012 comenzó a funcionar el Registro Nacional de Tierras Rurales (RNRT) en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El RNRT tiene como función garantizar el cumplimiento de la ley 26.737.
A lo largo de un año el RNTR recopiló y sistematizó la información sobre la propiedad de las tierras rurales proveniente de los catastros y registros de la propiedad inmueble de todas las provincias del país. Y la procesó junto con la información proveniente de otros organismos del Estado relacionada con las fronteras, los recursos hídricos, las migraciones y la geografía del país.
En base al procesamiento de todos estos datos, el RNTR diseñó y puso en funcionamiento un sistema informático en el que se cargan todas las operaciones de compra y ventas de tierras rurales. La base de datos permite visualizar cada provincia y subprovincia y su porcentaje de extranjerización.
Cuando una persona física o jurídica extranjera desea comprar una tierra rural debe obtener un certificado de habilitación en el que el RNRT deja constancia de que la operación respeta los cuatro límites puestos por la ley: el porcentaje de extranjerización, el porcentaje de nacionalidad, la cantidad de hectáreas por propietario y la ausencia de recursos hídricos. Con ese certificado se puede realizar la operación de compra venta. Sin el certificado, la operación puede ser declarada nula.
Desde el 28 de febrero de 2013 funciona el Sistema de Trámites y Solicitudes en base a un software propio, elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El trámite para gestionar el certificado está completamente digitalizado, se solicita a través de la web del ministerio de Justicia y Derechos Humanos y se envía con una firma digital por correo electrónico.
Cuando se registra que la provincia o subprovincia está cerca del 15 % máximo permitido no se autorizan nuevas adquisiciones. De la misma manera, el sistema muestra el porcentaje de extranjerización por nacionalidad y la cantidad de tierras comprada por cada persona física o jurídica.
Ley de Protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales.
Web del Registro Nacional de Tierras Rurales.
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