Infojus: La vecina no tendrá que pagar por la humedad de la medianera

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La vecina no tendrá que pagar por la humedad de la medianera

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-07-22 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-23 16:31

El caso llegó hasta la Cámara de Apelaciones. Los jueces consideraron que no contaban con elementos suficientes para establecer que el daño causado en la pared de una habitación fuera de la vivienda lindera. Y no habilitó el resarcimiento.

Hace más de un año Eldo Tiempo y Eva Elena Corral iniciaron una demanda judicial contra su vecina, Marta Zingaretti. La acusaban por la humedad que afectaba a una pared de su habitación. Decían que todo era producto de una filtración en la casa de al lado. Pero los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Río Cuarto, Córdoba, expresaron en su escrito que no contaban con pruebas suficientes para establecer que esa fuera la única causa que provocaba el daño, y habilitar el reclamado resarcimiento.

Los peritos que intervinieron informaron que, si bien en algún momento la pérdida de agua en la canilla del patio vecino pudo haber provocado la humedad, las causas podían ser múltiples. Por ejemplo: “antigüedad de las viviendas, vicios ocultos de la construcción, falta de mantenimiento, agravado por el paso del tiempo, ausencia de revoque con aislamiento hidrófugo, asentamiento por ausencia de fundaciones adecuadas, mala ejecución de capa aisladora”.

Los jueces Rosana A. de Souza, Julio Benjamín Avalos y Eduardo Héctor Cenzano concluyeron entonces que no existe una prueba que acredite fehacientemente “la responsabilidad exclusiva de la demandada”. Y desestimaron las pericias para determinar el “grado de incidencia” que podía tener cada causal (falta de revoque en ambos lados de la pared medianera, antigüedad de las construcciones, etc), atento al costo que esto conllevaría y porque no sería afrontado por las partes.


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