Infojus: Consejo: hasta que no se expida la Corte, la ley sigue en pie

Recuperadas de Infojus
Publicación original por

Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.

En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”

A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.

Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias

Consejo: hasta que no se expida la Corte, la ley sigue en pie

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-06-13 | Por: Franco Lucatini | Fecha de captura:: 2015-12-30 01:55

La jueza María Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de la elección popular de los integrantes del Consejo de la Magistratura. Julio Alak confirmó que antes del viernes el gobierno apelará la medida y declaró: “donde no hay democracia, hay aristocracia”.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, declaró que “donde no hay democracia, hay aristocracia”, al referirse al Consejo de la Magistratura. Adelantó que “el gobierno va a apelar el fallo” de la jueza Servini de Cubría, porque “no queremos que le cercene al ciudadano un derecho que le da la Constitución”. Aunque la Procuración del Tesoro evalúa cuándo y dónde realizar la apelación, todo indica que se acudirá a la Corte Suprema a través del mecanismo del “per saltum”. Alak aseguró que será esta semana y que hasta que resuelva la Corte, la ley está vigente.

La jueza María Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de la elección popular de los consejeros, en dos fallos que fue divulgado el martes por la noche. En su juzgado también aguardaban sentencia otros 15 expedientes que solicitaban la misma declaración. Servini no había concedido ninguna medida cautelar que suspendiera las elecciones, a diferencia de jueces federales como Ricardo Bustos Fierro, Esteban Furnari, Enrique Lavié Pico y Oscar Papavero. Esas cautelares buscaban impedir las elecciones, pero la jueza con competencia electoral es Servini de Cubría.

Como el fallo será apelado, no se trata de una sentencia firme. Eso significa que hasta que no se expida la Corte Suprema, la ley sigue en pie, y por lo tanto las elecciones primarias también. El ministro del Interior, Florencio Randazzo, indicó ayer que “todos aquellos que quieran presentarse en las elecciones deben presentar las alianzas”. Se refería al primer vencimiento para las postulaciones. El 22 de junio es el último día para presentar los nombres de los precandidatos que van a componer las listas en las elecciones primarias de agosto.

En diálogo con Víctor Hugo Morales, en Radio Continental, Julio Alak consideró que “la ley es absolutamente constitucional” y que Servini de Cubría “está tratando de impedir que el pueblo argentino haga ejercicio de los derechos que le otorga la Constitución”. Se mostró confiado de que la Corte Suprema se expida en favor de la ley, porque “la Constitución no es solamente la interpretación restrictiva del artículo 114 que crea al Consejo de la Magistratura, también son los artículos que hablan de que el acceso a los cargos públicos debe legitimarse con el voto del ciudadano”.

El ministro sostuvo que “el Poder Judicial no es de los jueces ni de los abogados, es del pueblo”. Para “saldar un déficit democrático de origen”, la ley de reforma del Consejo de la Magistratura amplió el número de sus integrantes a 19, y estableció que los magistrados, abogados y académicos que lo componen, deben ser elegidos mediante el voto popular. Con la nueva ley se busca romper con las prácticas corporativas de la familia judicial, y someter al voto a los únicos cargos públicos enunciados en la Constitución Nacional que aún no son elegidos por el pueblo.

Recordó que los constituyentes de 1994 se basaron en el modelo español al crear el Consejo de la Magistratura, y que ese órgano en España también fue modificado porque los consejeros carecían de legitimidad. “Debían pasar por un tamiz democrático, y se incorporó el acuerdo del Senado para el nombramiento de los consejeros”. En el país europeo, las designaciones de magistrados y abogados deben ser refrendadas por la Cámara alta, antes de constituir el órgano político del Poder Judicial.


Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: Nota de Infojus borrada