Infojus: Renunció la jueza que frenó un aborto no punible en la ciudad
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Renunció la jueza que frenó un aborto no punible en la ciudad
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-05-25 | Por: María Florencia Alcaraz | Fecha de captura:: 2016-01-17 16:31
La renuncia fue publicada el jueves en el Boletín Oficial y fue girada a Presidencia. Tenía un pedido de jury en su contra. Se hizo conocida el año pasado, cuando frenó en la ciudad un aborto a una víctima de violación. Sus contactos con la Iglesia y con el PRO.
Tiene 61 años y estuvo a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil N° 106 por más de veinte años. Un juzgado con competencia exclusiva en asuntos de Familia y Capacidad de las Personas con jurisdicción en la Capital Federal. Su nombre se volvió mediático el 9 de octubre de 2012 cuando frenó la realización de un aborto a una víctima de violación. Esta semana, Myriam Rustán de Estrada renunció a su cargo. La renuncia fue publicada el jueves en el Boletín Oficial y fue girada a Presidencia. Recién se hará efectiva el primero de junio. La magistrada tiene cinco denuncias en la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura.
Rustan de Estrada hace más de 30 años que realiza tareas en el ámbito jurídico. Está casada con Juan Ramón de Estrada, lo que la convierte en cuñada de Santiago de Estrada, un hombre del PRO que se desempeña como auditor porteño. Estrada tiene vínculos estrechos con la iglesia católica. El cuñado de la jueza fue subsecretario de Seguridad Social de la Nación entre 1967 y 1970, designado por el general Juan Carlos Onganía, y volvió a ocupar ese mismo cargo durante la última dictadura militar. Ya en democracia Raúl Alfonsín lo nombró embajador ante el Vaticano. También fue funcionario durante el menemismo. Entre 1989 y 1991 formó parte del equipo de Seguridad Social y también estuvo en el PAMI.
En 2009 Myriam Rustan intervino en un polémico desalojo de un hogar de niños. Se trataba del Hogar San Juan de Dios, dependiente de la fundación “Felices los niños” del padre Julio César Grassi, condenado por abuso sexual. El procedimiento fue violento porque niños y adolescentes, con el apoyo de vecinos, se resistieron al desalojo. Después de que los chicos, menores de entre 12 y 17 años, se resistieran al traslado la magistrada decidió que podían quedarse en la sede pero bajo el cuidado del Arzobispado de la Ciudad de Buenos Aires. En ese momento la jueza denunció amenazas.
La mujer a la que no le permitió abortar tenía 32 años. Había sido rescatada de una red de trata de personas para la explotación sexual por la Oficina de Rescate y Acompañamiento de Personas en Situación de Trata, que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. En un polémico acto, el jefe de gobierno porteño Mauricio Macri anunció la realización del aborto en el Hospital Ramos Mejía. Esto movilizó la presentación de amparos por parte de organizaciones antiabortistas.
La jueza decretó una medida cautelar después de hacer lugar a un recurso de amparo presentado por Pro Familia, una asociación civil “para la promoción y defensa de la familia”. Esta entidad reclamaba que se frene la realización del aborto. La presentación estuvo plagada de irregularidades. Los abogados Jorge Nicolás Lafferriere y Pedro Javier María Andereggen, habían hecho una presentación que fue rechazada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 14. Sin embargo, después de eso y sin pasar por mesa de entradas de la Cámara Civil, los abogados fueron directo hasta el despacho de la jueza. Fue así que no se realizó el sorteo del juzgado que debía intervenir.
En el fallo, Rustán de Estrada justificó haber recepcionado la denuncia de manera irregular. “No exijo la presentación por parte del peticionario ante la mesa de entradas para el sorteo de la causa, a fin de evitar un daño irreparable en absoluto, como la pérdida de la vida de un niño que aún no ha nacido, pues se trata de un aborto que se llevaría a cabo en estos momentos conforme lo anunciara el jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”, dice el dictamen.
Además, la jueza aseguró desconocer “la identidad de la madre del niño”. Omitió lo dictaminado por la Corte Suprema en el histórico fallo de marzo de 2012, en relación a un aborto no punible. El fallo conocido como “F.A.L.” especificó que el artículo 86 del Código Penal habilita la realización del aborto con la sola presentación de una declaración jurada, en los casos en los que se trate del producto de una violación o corra riesgo la salud de la mujer.
Esta resolución judicial significó que la víctima de una violación no pudo acceder al aborto no punible programado para realizarse en el Hospital Ramos Mejía, a pesar de que el embarazo era el resultado de abusos sexuales y de haber expresado su deseo de interrumpir la gestación al personal médico habilitado profesionalmente.
Tras el fallo de octubre de 2012, el ministro de Salud Juan Manzur consideró que Rustán de Estrada se “sublevó contra la acordada de la Corte”. Y se multiplicaron las denuncias en su contra: acumuló cinco acusaciones en la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura. La primera fue presentada por las abogadas Analía Mariel Mas y Flavia Massenzi. La diputada radical María Luisa Storani y la diputada nacional Diana Conti, del Frente para la Victoria, también presentaron sus denuncias contra la jueza y solicitaron la realización de un juicio político. La legisladora porteña María Elena Naddeo hizo lo mismo.
Además, la Asociación Civil Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) realizó su presentación ante el Consejo de la Magistratura. En su denuncia, firmada por la abogada Natalia Gherardi, le pedían al Consejo de la Magistratura que proceda a acusar ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
En las denuncias a la jueza se la acusaba de desconocimiento inexcusable del derecho y realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones. Algunas de las acusaciones que recaían sobre Rustán de Estrada estaban vinculadas a violencia institucional, violación al debido proceso y negligencia grave en el ejercicio del cargo.
La diputada porteña María Rachid, del FpV, con el patrocinio del constitucionalista Andrés Gil Domínguez, la denunció por prevaricato. La jueza también acumula 14 causas por sus fallos en casos de regímenes de visitas para niños con padres separados y decidió darle la guarda de una niña a la madre de un acusado de abuso.
“Me parece bien que haya tenido una consecuencia su mala actuación. A veces tener puesto el ojo en la Justicia trae este tipo de alejamiento. Si bien no fue sometida a un jurado de enjuiciamiento, algo sucedió”, dijo a Infojus Noticias Gherardi, tras conocer la noticia de la renuncia.
Su alejamiento del poder judicial se hará efectivo una vez que Presidencia apruebe la renuncia. Si es aceptada, Rustán de Estrada dejará el Juzgado Nº 106 el próximo primero de junio.
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