Infojus: Los 10 episodios claves de la Ley de Medios en 2013
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Los 10 episodios claves de la Ley de Medios en 2013
| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-12-28 | Por: Infojus Noticias
1: La Cámara Civil y Comercial declara la inconstitucionalidad parcial de la Ley
El 17 de abril los jueces María Susana Najurieta, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni declararon la inconstitucionalidad de un apartado del artículo 45 y otro del artículo 48 de la LSCA. Al mismo tiempo, declararon la constitucionalidad del artículo 161. Para la Cámara Civil y Comercial era constitucional establecer límites de concentración a la propiedad de canales de televisión abierta y radio. Pero no lo era fijar límites de medios que no utilizan espectro radioeléctrico, como en el caso del cable. Y éste era el punto que afectaba especialmente al Grupo Clarín.
Los fundamentos del fallo argumentaban que la concentración económica –en el caso del Grupo Clarín- era imprescindible para la sostenibilidad del negocio, la independencia y la libertad de expresión. El 10 de mayo el Estado apeló el fallo ante la Corte Suprema. Un día antes lo había hecho el Grupo Clarín.
2: Mauricio Macri intenta acotar la aplicación de la LSCA en la Ciudad
El 14 de mayo el jefe de Gobierno de la Ciudad firmó un decreto de necesidad y urgencia para la “defensa de la libertad de expresión”. El decreto pretendía limitar la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la capital del país. También podría usarse para tratar de evitar que elEstado nacional no ejecutara deudas impositivas, como la de más de 300 millones de pesos que tiene el diario La Nación con la AFIP. Los sindicatos de trabajadores de medios denunciaron que el texto del decreto afectaba el derecho a huelga.
Un grupo de legisladores se presentó a la Justicia para pedir la declaración de inconstitucionalidad de este decreto. Días después, el PRO lo convirtió en ley con algunas modificaciones. Hasta ahora la norma no se aplicó en ningún litigio.
3: Grilla de Cablevisión: fallo de la Cámara obliga a la empresa a cumplir con la ley
La LSCA y los decretos reglamentarios de la AFSCA establecen el orden en el que deben aparecer los canales. El litigio por el orden en el que deben aparecer los canales en la grilla del cable tramita en paralelo a la causa judicial por la que el Grupo Clarín intentó que se declararan inconstitucionales los artículos anticoncentración.
Como Cablevisión se niega a cumplir ese ordenamiento y a incorporar señales públicas como el canal infantil Paka-Paka, en abril de 2012 la AFSCA inició una demanda judicial. El fallo de primera instancia ordenó a la empresa cumplir con la ley, Cablevisión apeló.
El 6 de junio la Cámara Contencioso Administrativo Federal ratificó que Cablevisión debe cumplir con la reglamentación. Mientras no lo haga, abonará una multa de dos mil pesos diarios. El 10 de junio la AFSCA presentó una demanda penal por desobediencia. Al día de hoy, Cablevisión sigue sin cumplir con esta sentencia.
4: La Procuración General de la Nación dictamina la constitucionalidad de la LSCA
Este fue el paso previo a la sentencia de la Corte. Después del dictamen de la procuración, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) pidió ser amicus curiae en la causa. El 12 de julio, Alejandra Gils Carbó, procuradora general de la Nación, dictaminó que la LSCA es constitucional. El dictamen fue en el marco del litigio iniciado por el Grupo Clarín para evitar desprenderse de las licencias que exceden a las permitidas por la norma.
Gils Carbó solicitaba a la Corte Suprema que dejara sin efecto el fallo de la Cámara Civil y Comercial. La procuradora sostuvo que el artículo 45, cuestionado por el grupo Clarín, “constituye uno de los instrumentos centrales escogidos por los legisladores de la ley 26.522 para lograr el cometido central de la norma: un reparto más equitativo del derecho a la libertad de expresión frente al paradigma de la sociedad actual que tiende a la concentración”.
5: Audiencias públicas en la Corte
El 14 de agosto la Corte Suprema convocó a las audiencias públicas para el 28 de agosto. Citó al Estado nacional y al Grupo Clarín, y anunció que permitiría hasta cinco amigos del tribunal por cada una de las partes. “Ante la trascendencia de las cuestiones planteadas en estas actuaciones para ser decididas por esta Corte se considera apropiado habilitar los instrumentos especialmente previstos para permitir la participación ciudadana en el debate constitucional y, a la par, favorecer ‘la difusión pública del modo en que el Tribunal conoce en los asuntos de esta relevancia” afirmó el máximo tribunal.
Las audiencias se hicieron el 28 y 29 de agosto. Se transmitieron en directo por internet y por la Televisión Pública. La ciudadanía pudo escuchar los argumentos de las partes, así como de las organizaciones de la sociedad civil y de las cámaras empresarias.
6: Cablevisión: la Justicia obliga a la empresa a incluir a un canal universitario
El 9 de septiembre la Justicia falló por segunda vez en el año contra Cablevisión. En este caso, en una causa judicial en la provincia de Córdoba. La justicia federal ordenó a la empresa del Grupo Clarín a incluir en su grilla de programación al canal Córdoba 24 (Cba24n) que pertenece a la Universidad Nacional de Córdoba (UNC).
Cba24n es la única señal de noticias que se produce fuera de la Ciudad de Buenos Aires y fue creada por la UNC como consecuencia de la sanción de la LSCA. En un programa de esta señal el periodista Tomás Méndez hizo pública la investigación que dio origen al “narcoescándalo”, la denuncia de la complicidad de policías de la provincia con redes de tráfico de drogas. Desde que comenzó sus trasmisiones, Cablevisión se negó a sumar a CBa24n a la grilla, a pesar de que está obligada a hacerlo por la ley y sus decretos reglamentarios. El fallo fue apelado por la empresa.
7: La cobertura mediática del caso Ángeles Rawson
Desde que Ángeles Rawson fue encontrada sin vida el 11 de junio, su muerte se convirtió en un caso mediático. Los canales de televisión sostuvieron jornadas enteras de programación. El diario Muy publicó la foto del cadáver de la joven tal como fue encontrado en el Ceamse.En referencia a la publicación de esas imágenes, el Observatorio de Discriminación en Radio y TV de la AFSCA expresó que el caso “se espectacularizó, se mostró de manera obscena y morbosa, pero la difusión de estas últimas fotografías excede todo límite ético”.
Dos organismos estatales que trabajan en la aplicación de la LSCA hicieron públicos informes que alertaron sobre los rasgos discriminatorios de esta cobertura y sobre la afectación de derechos. La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual consideró que la cobertura implicó “una “violación de las reglas de la institucionalidad democrática” ya que se desplegaron relatos “tendientes a criminalizar a los trabajadores de la CEAMSE y a los familiares de Ángeles” que generaron “una inversión del principio de presunción de inocencia: según las coberturas, todos son presuntos culpables hasta que se demuestre lo contrario”. La Defensoría remarcó que “aun cuando las hipótesis culpabilizadoras se diluyan, el daño sobre los sujetos ya está hecho. La rotulación negativa siempre acompañará a las personas mediáticamente acusadas, al igual que la impresión creada sobre el público difícilmente pueda ser borrada”.
8: La noticia del año: la Ley de Medios es constitucional
El martes 29 de octubre la Corte Suprema de Justicia de la Nación dio a conocer el fallo que puso punto final al litigio por la constitucionalidad de la LSCA. Seis de los siete jueces votaron por la constitucionalidad de la norma.
El fallo sostiene que el Estado debe regular el campo de las comunicaciones para proteger la faz colectiva de la libertad de expresión: “A diferencia de otros mercados, en el de las comunicaciones la concentración tiene consecuencias sociales que se manifiestan sobre el derecho a la información, un bien esencial para las libertades individuales”, afirmaron. Los jueces no consideraron que la sustentabilidad del Grupo Clarín estuviera afectada por la LSCA como argumentó la empresa desde el comienzo de la causa judicial: la amenaza de la sustentabilidad “es una afirmación dogmática que no ha sido debidamente fundada”, dijo la Corte.
Después del fallo, Martín Sabbatella, presidente de la AFSCA, afirmó “que para mediados de 2014 tendría que estar el proceso concluido con el conjunto de las empresas adecuadas” para que “no haya uno que tenga ventajas comparativas y constituir con esas ventajas una posición dominante que genera prácticas desleales y competencia desleal”.
9: Clarín presenta un plan de adecuación
El 4 de noviembre, cuatro años después de sancionada la ley, Clarín se presentó a las oficinas de la AFSCA y entregó una propuesta de plan de adecuación a la LSCA. Propuso dividirse en seis unidades de negocios. La propuesta no incluye quiénes serían los propietarios de los distintos grupos. Esta información deberá presentarla una vez que la AFSCA apruebe, en caso de hacerlo, el plan presentado.
Todos los otros grupos de medios ya habían presentado sus planes de adecuación. De los cuarenta presentados, la AFSCA tiene pendientes 11 planes, entre ellos los de Clarín, Telefónica y el Grupo Uno.
10: Informe de la implementación de la LSCA
A principios de noviembre Martín Sabbatella cumplió un año al frente de la gestión del organismo que aplica la LSCA y presentó un informe de gestión y de la implementación de la ley. Durante 2013 se hicieron concursos para licencias de radios en Mendoza, Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Chaco, Catamarca, La Rioja, San Luis, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut y Tierra del Fuego. Se adjudicaron 54 licencias de servicios de cable, de las cuales dos de cada tres fueron para cooperativas y se autorizó el funcionamiento de 160 medios del sector público en todo el país. También se puso en marcha un fondo de fomento para medios de comunicación sin fines de lucro.
Entre los desafíos para 2014, Sabbatella mencionó el avance “con planes técnicos en algunas ciudades que faltan que son las de mayor conflictividad y con concursos que todavía están pendientes” y también “la aplicación del 33 por ciento para las organizaciones populares, comunitarias, sin fines de lucro y que está vinculada a la adecuación porque al abrirse nuevos espacios ese sector puede ir ocupándolos”.
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