Infojus: Gils Carbó dictaminó que Cablevisión intentó hacer fórum shopping

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Gils Carbó dictaminó que Cablevisión intentó hacer fórum shopping

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-09-30 | Por: Ximena Tordini | Fecha de captura:: 2016-01-21 18:55

La Procuradora General emitió un dictamen ante la Corte en el que considera que la empresa buscó un tribunal favorable en el que obtener una medida que suspendiera la ley de medios.

En noviembre de 2012 la empresa Cablevisión recurrió a la justicia federal. Faltaban pocos días para el llamado 7D, el día en el que vencía el plazo para que las empresas de medios entregaran sus planes de adecuación a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). Cablevisión S.A se presentó a la justicia federal de la Capital Federal y a la justicia federal de la ciudad de Mar del Plata, en ambos casos para pedir una medida cautelar que levantara el plazo del 7 de diciembre.

En Mar del Plata, el juzgado de primera instancia rechazó la medida, la empresa apeló y la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata la otorgó. El Estado presentó un recurso extraordinario. Ahora el caso debe ser resuelto por la Corte Suprema de la Nación.

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, emitió hoy un dictamen ante la Corte en el que considera que la empresa buscó un tribunal favorable en el que obtener una medida que suspendiera la LSCA. “La actora pretendía obtener de la justicia federal de Mar del Plata algo que, hasta el momento, no había obtenido de la justicia federal de la Capital Federal” afirma la jefe de los fiscales.Y considera que ese tipo de maniobra viola las normas procesales y representa un abuso del derecho a peticionar.

“La presente solicitud por parte de Cablevisión SA parece formar parte de una estrategia de búsqueda del foro más favorable con el fin de lograr, en definitiva, la suspensión de la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Ello causa un gravamen actual en tanto que el intento de manipular las normas procesales que atribuyen competencia a los tribunales para buscar el foro más favorable es un abuso del derecho a peticionar, que no puede ser convalidado a la luz de las normas que rigen el debido proceso (artículo 18 de la Constitución Nacional)”, afirma el dictamen.

Por lo tanto, el dictamen sostiene que la justicia federal de Mar del Plata no tiene competencia para resolver el pedido de Cablevisión S.A  y que “debe preservarse la unidad de jurisdicción e impedir que la misma cuestión sea controvertida ante distintos jueces para evitar el escándalo jurídico que representaría el dictado de sentencias contradictorias”.

En el escrito la Procuradora se refiere a un fallo reciente de la CSJN en el que a raíz de una maniobra similar el máximo tribunal pidió que se investigue si el proceder de un abogado patrocinante y de una exjueza debe ser sancionado. Se trata de una causa en la que una organización “pro vida” se presentó en dos jurisdicciones distintas -la de la ciudad de Buenos Aires y la nacional- para impedir la realización de un aborto no punible.


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