Infojus: Argentina Digital: “Es una ley sin nombre y apellido, a favor del pueblo”

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Argentina Digital: “Es una ley sin nombre y apellido, a favor del pueblo”

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-10-30 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-02-02 10:52

Lo dijo a Infojus Noticias el secretario de Comunicaciones, Norberto Berner. Definió así el espíritu del proyecto de ley Argentina Digital. Permitirá reemplazar a una ley de 1972 y posibilitará declarar servicio público esencial y estratégico a las tecnologías de la información y comunicaciones. También se regularán las tarifas de conexión.

“Estamos desmonopolizando y nos preparamos para dar ese debate. Esta es una ley sin nombre y apellido. Es una ley a favor del pueblo”, afirmó el secretario de Comunicaciones, Norberto Berner, al definir el espíritu del proyecto de ley Argentina Digital, que permitirá abrir las redes a todas las compañías, independientemente de su tamaño. Eso permitirá que cualquier pequeña empresa “suba” su servicio a las grandes redes de distribución y llegue a cualquier punto del país.

El proyecto, que ayer fue enviado al Congreso, permitirá reemplazar a una ley de 1972 y posibilitará, entre otras cosas, dar un marco legal a algunas situaciones grises que subsisten: todas las empresas van a poder ofrecer el servicio de telefonía que por ahora solo ofrece Telecentro.

“Una cooperativa o una pyme podrá llegar a todo el país y dar Internet. Hay más de 400 empresas licenciatarias de telecomunicaciones que dan servicios pero lo hacen vía pequeñas redes. Ahora van a poder extenderse y crecer”, explicó Berner a Infojus Noticias y señaló que la cantidad aumentará porque se sumarán las empresas que tienen licencia pero no tienen red. “Van a poder sacar la licencia del cuadrito y empezar a operar”, agregó.

El texto enviado el Congreso prevé que las empresas que tienen redes permitan que se “suban” las que no tienen. Podrán cobrarle un canon por ello pero no podrán negarse y deberán garantizar la “neutralidad de redes”. Y la nueva norma habilitaría, además, al Estado a controlar que esa obligación se cumpla. “Para eso necesitamos la autorización legal de esta ley porque los elementos técnicos los tenemos”, indicó Berner.

La definición sobre “neutralidad de redes” obligará a que los dueños de las mismas deban asegurar la misma calidad tanto para acceder a sitios y/o servicios de su propiedad o de empresas asociadas que al de su competencia. Allí radica, según el artículo 1 del proyecto, la posibilidad de acceder a “los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad “.

“Estamos discutiendo que la Argentina ingresa al siglo 21. Estamos haciéndonos cargo de que todos los avances en comunicaciones que logramos y que ellos no pueden tener una regulación de 1972. Estamos proponiendo un esquema de desagregación de redes como existe en Europa y en algunos países de Latinoamérica, como en Colombia”, agregó el funcionario.

La medida, técnicamente conocida como desagregación del bucle del abonado, ya estaba vigente para las operadoras de telefonía, que quedaron obligadas a abrir sus redes -vía contratos de interconexión entre privados- por los decretos que habilitaron la apertura del mercado a la competencia dictados en el año 2000.

Pero otras firmas que tendieron redes de doble vía, como por ejemplo las empresas de TV por cable, no estaban obligadas a abrir su última milla, aun cuando sí podían tener una licencia de telecomunicaciones y dar servicios de telefonía.

Un claro ejemplo de la asimetría en este mercado es que en base a esos decretos, las cableras podían ofrecer el llamado triple play -telefonía, internet y televisión-, bajo su misma marca mientras las telefónicas no pueden sumar en un mismo paquete un servicio propio de radiodifusión.

De sancionarse el nuevo proyecto, los clientes podrán elegir al prestador del o los servicios sin importar cuál de ellos llega con infraestructura propia al hogar

Puntos principales

Los puntos principales del proyecto, que define a las tecnologías de información y comunicaciones (TICS) como fundamentales para el desarrollo social y plantea que debe garantizarse el acceso a ellas, son:

-Declarar  servicio público esencial y estratégico a las tecnologías de la información y comunicaciones (TIC).

-Se regularán las tarifas de conexión y facilita el acceso de los usuarios y consumidores a estos servicios.

-Los usuarios podrán recibir todos los servicios en su hogar a través de una única conexión –un solo cable–.

-Los licenciatarios de las TIC deberán  conectarse entre sí para establecer una velocidad mínima obligatoria en la transmisión de las redes.

-La apertura de las redes, garantiza el acceso a los licenciatarios que no cuentan con red propia y quieren brindar un servicio, entre ellos cooperativas, pymes y cableros.

-Se podrá garantizar un acceso de calidad y equitativo para todos los usuarios del territorio nacional.

-Se modificará el fondo del Servicio Universal, que pasará a ser ejecutado exclusivamente por el Estado Nacional, y que surge a portes obligatorios de los licenciatarios de servicios de información y comunicación.

-Con los recursos de ese fondo especial se podría eliminar la diferencia de tarifas entre la corta y la larga distancia nacional, para que no pese sobre la factura de los usuarios.


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