Infojus: El diario La Nación seguirá sin pagar una deuda de 280 millones a la AFIP

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El diario La Nación seguirá sin pagar una deuda de 280 millones a la AFIP

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-10-28 | Por: Gustavo Ahumada | Fecha de captura:: 2016-01-30 01:11

Es porque la Corte Suprema repuso una medida cautelar de 2003, que le permite al diario computar las contribuciones patronales como crédito fiscal para el IVA. Hace cinco años el Gobierno Nacional propuso un canje de deuda, pero el matutino no se acopló porque así hubiera reconocido la deuda.

Desde hace más de 10 años una medida cautelar favorece a la Asociación de Editores de Diarios de Buenos Aires (AEDBA), pero principalmente al diario La Nación. Hoy la Corte Suprema repuso la cautelar a favor de los diarios lo que les permite evitar el pago de una deuda impositiva de más de 280 millones de pesos.

La decisión judicial es de 2003 pero la causa llegó al máximo tribunal en 2009, después de una sentencia contraria dictada por la Cámara Contencioso Administrativo y Tributaria Federal que ordenaba su  levantamiento. Entre 2012 y 2013 hubo dos audiencias de mediación entre las partes, pero no se llegó a ningún acuerdo.  

Con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, y la disidencia de Elena Highton de Nolasco (el juez Eugenio Zaffaroni no firmó la sentencia), se resolvió revocar la sentencia de la Cámara Contencioso Administrativo y reponer la medida cautelar porque que “no debe considerarse en mora a la entidades actoras que hayan cumplido con sus obligaciones fiscales con los alcances concedidos por aquella medida”.

Es que la medida cautelar dictada once años atrás extendió un “beneficio” para computar las contribuciones patronales como crédito fiscal para el IVA. Aunque en 2009 el gobierno nacional, a través del decreto 1145, propuso un régimen de “canje de deuda” para que los medios deudores se acoplaran para así canjear lo que debían pero AEDBA , cuyas cara visible es el diario La Nación no se acopló porque hubiera significado el reconocimiento de la deuda.

El año pasado la AFIP firmó una resolución que instauró un régimen de regularización impositiva pero que excluía a los beneficiados por esa medida cautelar de 2003. Los que para los jueces significó una exclusión “infundada y arbitrariamente a los medios de prensa de la posibilidad que se le otorga al resto de los sectores, erigiéndose en una discriminación ilegítima”.

La Corte Suprema consideró que “se encuentra amenazada la libertad de expresión” porque “la magnitud de los montos involucrados” – se calcula que la deuda fiscal ascendería a unos 280 millones de pesos- “ponen en serio riesgo de desaparición a las empresas del sector” cosa que “justifica el mantenimiento de la medida cautelar”. El argumento usado por los jueces es el que utilizó AEDBA que dijo que de ejecutarse esas deudas se conduciría “a la quiebra de muchos medios integrantes” de la asociación y se afectaría “la prensa libre”. Además de reponer la medida cautelar, la Corte Suprema le pidió a la jueza de primera instancia que lleva adelante la causa, Rita Ailán, que “arbitre los medios necesarios para resolver de forma urgente la cuestión de fondo.


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