Infojus: Revocan el sobreseimiento de María Julia en una causa por corrupción

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Revocan el sobreseimiento de María Julia en una causa por corrupción

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-04-28 | Por: Gustavo Ahumada | Fecha de captura:: 2016-01-13 09:15

Lo decidió la Cámara Federal de Casación Penal en una causa en la que esta investigada por irregularidades en contrataciones directas para promocionar el “Plan Nacional de Manejo del Fuego”, durante el último gobierno menemista. El año pasado la ex funcionaria había sido sobreseída. Ahora volverá a ser investigada por supuesto desvío de fondos.

La Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento de María Julia Alsogaray en una causa en la que esta investigada por irregularidades en contrataciones directas para promocionar el “Plan Nacional de Manejo del Fuego”. La sala IV del tribunal hizo lugar por mayoría a los recursos de casación presentados por el fiscal y la querella y revocó el sobreseimiento que en mayo del año pasado dictara el Tribunal Oral Federal (TOF) N° 6 a favor de la funcionaria menemista.

Con esta sentencia se volverá a investigar a la ex funcionaria menemista por un supuesto desvío de fondos en los pagos a la Universidad de Lomas por pasantías en el marco de lo que se conoció como el Plan Nacional de Manejo del Fuego. Hecho que ocurrió entre 1995 y 1996 cuando Alsogaray era secretaria de Medio Ambiente. Se habría defraudado al estado Argentino por casi 7 millones de pesos.

El TOF 6 había considerado prescripta la causa por el paso del tiempo se basó en el artículo 62 del Código Penal que establece que se considera prescripta la causa cuando el proceso alcanza el máximo de duración de la pena señalada para el delito en cuestión.

Pero en una sentencia firmada el pasado 24 de abril pero conocida hoy, los jueces Gustavo Hornos, Juan Gemignani y Mariano Borinsky, dieron vuelta el fallo y revocaron el sobreseimiento de  María Julia Alsogaray, que volverá a ser investigada por los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con el rol de funcionario público.

El voto por mayoría fue firmado por Hornos y Gemignani. El primero en su voto sostuvo que la causa no se encontraba prescripta porque “desde la fijación de la audiencia de juicio, dispuesta el 25 de febrero de 2013, no ha transcurrido el plazo dispuesto por el artículo 62, inciso 2., del C.P., a la luz de la pena máxima prevista para las conducta delictiva imputada”.  

La sentencia recuerda la gran cantidad de estrategias de dilación que uso María Julia Alsogaray. “No puede desconocerse que durante la tramitación del proceso tanto la defensa como la imputada efectuaron numerosas impugnaciones y presentaciones que demoraron su desarrollo, lo que objetivamente analizado, sin desconocer el ejercicio del derecho de defensa en juicio en lo pertinente, indudablemente definió la extensión temporal de la que ahora se agravia esa parte”, dice el fallo.  

La sentencia también consideró inconstitucional la normativa local que permite la prescripción de hechos cometidos por funcionarios públicos. Se hizo hincapié en la “obligación del Estado investigar los hechos de corrupción, juzgar y sancionar a los culpables de violaciones a derechos humanos”.

El TOF 6 la condenó la semana pasada a cuatro años de prisión por considerarla coautora de defraudación cuando era interventora de la ex ENTEL, en los ‘90. Además, le prohibió la salida del país y la “inmediata detención” que se consumará cuando la sentencia quede firme.


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