Infojus: Hay 1500 argentinos detenidos en el exterior: la mayoría por narcotráfico

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Hay 1500 argentinos detenidos en el exterior: la mayoría por narcotráfico

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-12-08 | Por: Sabrina Santopinto | Fecha de captura:: 2016-01-06 22:25

Chile es el país que mayor cantidad de argentinos tiene encarcelados. Lo sigue Madrid y Barcelona. También hay argentinos tras las rejas en puntos menos usuales como Sudáfrica, Marruecos o Malasia. Los casos que visibilizaron el problema son los de Camila Speziale y Hernán Pérez Orsi, los activistas de Greenpeace detenidos en Rusia.

El escenario de los argentinos detenidos en el exterior no es un dato menor: según datos de la Cancillería argentina, existen unos 1500 argentinos encarcelados en otros países. Esa cifra se modifica diariamente –según lo explican las autoridades- y está en ascenso desde los últimos tres años. En este contexto, luego de que se pusiera en primera plana la situación de los dos activistas de Greenpeace detenidos en Rusia, la problemática de los argentinos presos en el exterior tomó especial trascendencia y los indicadores comenzaron a hacerse visibles.

Lo cierto es que según los datos oficiales, Chile es el país que mayor cantidad de argentinos tiene encarcelados, seguido por Madrid y Barcelona, con un alto porcentaje de detenidos por narcotráfico. Pero también existen argentinos tras las rejas en puntos menos usuales como Sudáfrica, Marruecos o Malasia.

Sin ir más lejos, recientemente una importante red que introducía cocaína a España desde varios países de Sudamérica fue desbaratada por la Guardia Civil de ese país. En el operativo quedaron 43 detenidos y 124 personas implicadas, entre ellas dos argentinas.

Entre los delitos más comunes por los cuales son acusados los argentinos que permanecen presos en los cinco continentes se encuentran el tráfico de estupefacientes –en sus distintas escalas de participación-, homicidios, abuso sexual, asociación ilícita.

En situación inversa, las cifras del Servicio Penitenciario Federal determinan que hay unos 2000 extranjeros alojados en unidades carcelarias del país: 75 son africanos, 1.706 americanos, 36 asiáticos, 190 europeos y uno solo de Oceanía. También en este caso la gran mayoría es por causas de tráfico de estupefacientes. En el caso del Servicio Penitenciario bonaerense, hay 1.122 los extranjeros apresados.

Derechos y garantías

Consultada sobre los derechos de quienes se encuentran detenidos fuera del país, Laura Mazzaferri, integrante de la Procuración General de la Nación advirtió a Infojus Noticias que “en el ámbito internacional todos los estados están sujetos a alguna convención de derechos humanos. Nosotros, por ejemplo, adherimos al Pacto de San José de Costa Rica”.

“Tenemos mucha cantidad de extradiciones pasivas, que son cuando otro Estado pide a la Argentina la extradición de personas que cometieron delitos fuera de las fronteras del país”, explica Mazzaferri al tiempo que sostiene que desde la procuración judicializan el pedido que recibe la cancillería.

En este contexto los delitos que son materia de pedidos de extradición, por lo general, tienen un mínimo de pena a un año: robos, homicidios, violaciones, graves estafas.

La realidad es que la situación de un extranjero detenido en cualquier país del cual no es nacional es regulada, en principio, por la ley de ese Estado. Sin embargo, y más allá del marco jurídico propio de cada país, existen obligaciones emanadas del derecho internacional. Entre ellas: la obligación de ofrecer asistencia consular.

“Los consulados pueden y deben brindar auxilio a sus nacionales para garantizar que las condiciones de detención sean adecuadas, para que se respete el debido proceso y el derecho de defensa y para asegurar que una persona imputada tenga acceso a toda la información necesaria para defenderse”, explica Jennifer Wolf, de la Procuración Penitenciaria de la Nación.

Respecto de los mecanismos para el resguardo de los derechos de las personas encarceladas, Wolf explica que “la privación de la libertad no elimina ningún derecho humano y la nota de universalidad es inherente a estos derechos fundamentales pues se trata de derechos que son expresión de la dignidad intrínseca de todo individuo y deben ser aceptados y respetados por todos los Estados, con independencia de su sistema ideológico-político, económico y socio cultural”.

Por su parte, desde la cancillería señalan que se intenta avanzar en la firma de tratados con otras naciones para que la repatriación no se concrete recién sobre el final de la codena, sino que se está negociando para que esto suceda una vez que se dé cumplimiento a la mitad de la pena, de manera tal que el preso pueda terminar de cumplirlas en su país.

Al respecto, Tomas Ojea Quintana, experto en derechos humanos y relator especial de la ONU, señaló que el sistema universal de derechos humanos –de la ONU- ofrece mecanismos de protección frente a detenciones arbitrarias en cualquier parte del mundo, aún en aquellos países que no firmaron los tratados de derechos humanos. “Por lo tanto, si hay indicios de que no se cumple el debido proceso, o hay signos de tortura, o la detención es arbitraria y desproporcionada en relación a los hechos cometidos, los abogados pueden excitar estos mecanismos para ejercer mayor presión. También por supuesto, los abogados podrían recurrir a las instancias de derechos humanos propias del país en cuestión, aunque no suelen ser muy independientes, pero de todas formas ayudan también para presionar”, analiza.

El control de la situación carcelaria en los diferentes países también es foco de atención para los organismos nacionales. Wolf advierte que “las condiciones de detención solamente pueden ser relevadas a través de visitas periódicas y monitoreos de los lugares de detención”.

“En tal sentido –explicó Wolf- la Coordinación de Argentinos Privados de Libertad en el Exterior de la Procuración Penitenciaria de la Nación conjuntamente con la Dirección de Argentinos en el Exterior se encuentran avocados a diseñar estrategias generales de intervención tendientes a garantizar el efectivo cumplimiento de los estándares internacionales vigentes”. 


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