Infojus: Condenado por delitos de lesa: libre hasta que la condena quede firme

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Condenado por delitos de lesa: libre hasta que la condena quede firme

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-11-05 | Por: Gustavo Ahumada | Fecha de captura:: 2016-01-31 09:34

Jorge Osvaldo Steding es un represor condenado a 17 años de prisión. En un fallo dividido, la Sala III de la Cámara Federal de casación Penal ordenó su libertad hasta que quede firme la condena.

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar a un recurso de casación presentado por Jorge Osvaldo Steding, un represor condenado a 17 años de prisión por delitos de lesa humanidad y ordenó su libertad hasta que quede firme la condena.

Es difícil encontrar una explicación racional a hechos irracionales”, dijo en su testimonio Hipólito Solari Yrigoyen, dirigente radical secuestrado en 1976 en Puerto Madryn durante la última dictadura cívico-militar. Se refería a las torturas que había recibido él junto a Mario Abel Amaya, secuestrado en su casa de Trelew, provincia de Chubut. “Me llevaron a la madrugada de la casa donde vivo actualmente, mientras dormía, en un operativo que parecía una invasión militar. Me subieron al baúl de un auto, con las manos atadas atrás”, recordó Solari Yrigoyen durante el juicio. Amaya, en cambio, murió debido a las lesiones que le dejaron las torturas.

El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia había rechazado la excarcelación de Steding el mismo día en que lo condenó por delitos de lesa humanidad, el pasado 4 de julio. La defensora de Steding, Magdalena Laiño, presentó un recurso de casación en el que sostenía que no se había “comprobado el peligro de fuga”.

La causa llegó al máximo tribunal penal del país y, en un fallo dividido, le otorgó la libertad hasta que “quede firme la condena”. Con las firmas de Liliana Catucci y Eduardo Rafael Riggi, se logró la mayoría que hizo lugar al recurso. En contra de ello votó Mariano Hernán Borinsky. “Habilitada la vía casatoria, el efecto suspensivo habrá de extenderse a todas las consecuencias del fallo, incluida la detención que preventivamente ha sido decidida con motivo y en ocasión de la sentencia condenatoria”, dijeron técnicamente en la sentencia los magistrados a favor de la libertad del represor.

Borinsky en su voto, expresó que la detención ordenada “obedeció al aumento del riesgo procesal –fuga- que comporta el dictado de la sentencia condenatoria”. “La gravedad de la pena impuesta a Jorge Osvaldo Steding se erige como un elemento de especial relevancia a la luz de los estándares definidos” por la Corte “para evaluar riesgos procesales en causas donde se investigan y juzgan delitos de lesa humanidad”, concluyó.

El tribunal que condenó a Steding a 17 años de prisión -junto a Jorge Osvaldo Fano y Luis Eduardo García- fue claro en aquella sentencia: “Los malos tratos descriptos fueron realizados en cumplimiento de órdenes emanadas del gobierno de facto encabezado por Jorge Rafael Videla que el director de la cárcel Jorge Osvaldo Fano, entre otros más, como el oficial Steding, transmitió a sus subordinados a los efectos de su cumplimiento, dentro de un plan sistemático y general de represión contra la población civil”.


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