Infojus: Bulacio: fiscalía y querella responden a las nulidades que planteó la defensa

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Bulacio: fiscalía y querella responden a las nulidades que planteó la defensa

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-10-30 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-17 08:53

En la recta final del juicio, hoy es el turno de las réplicas. En su alegato del miércoles, el abogado Pablo Argibay Molina pidió la nulidad de la acusación fiscal.

El juicio por el crimen de Walter Bulacio, ocurrido hace 22 años, se acerca a su fin. El homicidio del joven de 17 años que había ido a ver a los Redonditos de Ricota prescribió en 2002 y hoy se juzga sólo su detención ilegal. En la última audiencia la defensa del excomisario Miguel Ángel Espósito pidió su absolución y planteó nulidades. Hoy formulan sus réplicas el fiscal y la querella, en la sede de Paraguay 1536.

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 29 de Capital Federal juzga los hechos ocurridos en abril de 1991, cuando Bulacio fue detenido junto a otros 72 jóvenes en las inmediaciones del estadio Obras Sanitarias. Esa noche lo llevaron a la seccional 35, a cargo del entonces comisario Miguel Ángel Espósito. No se dio aviso a los padres del joven ni al juez de menores. A la semana siguiente, Walter murió por un traumatismo de cráneo. Llegó a contarle al médico que le habían pegado en la comisaría. La autopsia demostró que lo habían golpeado con objetos contundentes.

En su alegato del miércoles pasado, el abogado Pablo Argibay Molina pidió la nulidad de la acusación fiscal argumentando que le imputan a Espósito de hechos por los que no fue indagado. Sostuvo que existen incoherencias a lo largo del expediente: “dicen que Espósito no estaba en la comisaría, pero sí estaba para pegarle a Bulacio”. Luego de casi cinco horas de exposición, el abogado defensor pidió la absolución de Espósito y cerró su alegato diciendo que el excomisario ya sufrió demasiado con su salud producto de esta causa, y que no es más que un “cabeza de turco”.

Quienes detuvieron al joven en su momento invocaron el “memorando 40”, una disposición pergeñada por dos jueces correccionales en 1967, que autorizaba a las comisarías a no dar intervención a la Justicia por la detención de un menor de edad, siempre que no fuera por un delito, cuando el propósito era entregárselo a los padres. “La culpa es de los jueces y del sistema. Los jueces permitieron la existencia del memorando 40 a durante tantos años”, sostuvo Argibay Molina a lo largo del alegato.

Hoy, deberán formular sus réplicas y dúplicas Horacio Fornaciari, fiscal de juicio, y María del Carmen Verdú, abogada de la querella, que tienen que responder a las nulidades planteadas por el defensor. En su alegato, Fornaciari pidió una condena de dos años de prisión por “privación ilegal de la libertad”, mientras que Verdú exigió una de seis años, el máximo de la pena para el mismo delito. El 8 de noviembre, según dispuso el Tribunal, el ex comisario Miguel Ángel Espósito podrá decir sus últimas palabras antes de la sentencia.

La jueza Alicia Iermini fue la que tuvo más tiempo el expediente, y la responsable de que la causa por la muerte prescribiera después de 17 pedidos de traslado. En 1997, la querella recurrió a los organismos internacionales en representación de la familia y en septiembre de 2003 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le exigió al Estado investigar la actuación de los funcionarios judiciales que participaron en la causa.

La CIDH también ordenó indemnizar a la familia de Bulacio y declaró que la causa es imprescriptible por tratarse de un crimen de Estado con iguales características que los de lesa humanidad. En 2004 la Corte Suprema de Justicia ordenó reabrir la causa e indicó al Consejo de la Magistratura que analizara la situación de los jueces que declararon prescripta la causa.


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