Infojus: Absolución a Menem: "Cerrar una causa sin juicio es llamativo"

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Absolución a Menem: "Cerrar una causa sin juicio es llamativo"

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-09-20 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-17 02:48

Lo dijo a Infojus Noticias el abogado querellante de la Oficina Anticorrupción en la causa, Juan García Elorrio. El ex presidente y actual senador estaba acusado de ocultar aviones, autos y cuentas bancarias en Suiza en una declaración jurada de bienes de 2000.

El Tribunal Oral Federal n° 4 absolvió hoy al ex presidente Carlos Menem en el juicio donde estaba  acusado de no declarar dos cuentas bancarias en el extranjero y otros bienes como barcos y vehículos.  El tribunal, compuesto por los magistrados Néstor Costabel, Patricia Mallo y Enrique Pose, consideró prescripta la acción penal, en una decisión tomada de oficio.

“La OA a va recurrir ante Casación Penal la decisión del tribunal que decidió sobreseer a Menem. Eso lo podemos afirmar incluso antes de escuchar los fundamentos, que se conocerán el jueves”, señaló a Infojus Noticias Juan García Elorrio, abogado querellante en la causa por la Oficina Anticorrupción.

“El Tribunal actuó de forma sorpresiva. Porque cerrar una causa sin juicio es llamativo. Pusieron fecha de debate y después lo cerraron de repente”, destacó el abogado. y concluyó: “Nuestra postura es que transcurra un juicio, porque la OA tiene información certera sobre una cuenta en Suiza” propiedad de Menem.

Los jueces dictaron el veredicto que benefició a Menem en la jornada del juicio en la que debían resolver los planteos de nulidad hechos por su defensa y, por otro lado, decidir si hacían lugar al pedido de la fiscal de juicio, Fabiana León, quien había planteado la posible prescripción.

Los magistrados resolvieron dictar sentencia, en lo que fue la tercer audiencia del debate, sin siquiera llamar a Menem a declaración indagatoria. Y declararon “de oficio la nulidad parcial del requerimiento fiscal de elevación a juicio, del procesamiento y de todo lo actuado en consecuencia” por considerar que se elaboraron en base a delitos por los cuales nunca se indagó a Menem durante la instrucción de la causa que estuvo a cargo del juez federal Norberto Oyarbide.

También de oficio declararon la “prescripción de la acción penal” por el delito que se dio como válido para el debate y absolvió a Menem.

Los fundamentos de la resolución se conocerán el jueves próximo.

El ex presidente llegó a juicio procesado por omisión maliciosa de datos en su declaración jurada patrimonial, incumplimiento de deberes de funcionario público y falsedad ideológica de instrumento  público.  Pero el Tribunal declaró nulo el procesamiento por el artículo 293 del Código Penal, falsedad ideológica de instrumento público, y el 248, incumplimiento de deberes, en tanto declaró prescripta la omisión maliciosa.

En junio de este año, Menem fue condenado a siete años de prisión por su responsabilidad en el tráfico de armas a Croacia y Ecuador. La condena todavía no está firme.


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