Infojus: La Corte, incompetente en una causa de comunidades mapuches

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La Corte, incompetente en una causa de comunidades mapuches

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2013-05-16 | Por: Infojus | Fecha de captura:: 2016-01-23 22:34

El reclamo de una indemnización por la explotación de hidrocarburos deberá continuar ante el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Neuquén.

 

La Corte Suprema de Justicia sostuvo que no es competencia originaria de ese tribunal resolver una causa por daños y perjuicios donde comunidades indígenas mapuches de Neuquén reclaman una indemnización por un acta-acuerdo. La misma fue firmada en el año 2000 entre la entonces empresa privada Repsol-YPF y la Confederación Indígena Neuquina, la Agrupación Mapuche Paynemil, el Lof Comunidad Kaxipayiñ, y varios habitantes de la zona conocida como Loma de la Lata. Allí se encuentra uno de los mayores yacimientos de hidrocarburos en Neuquén.

En aquel documento, la empresa se comprometía a “recomponer los perjuicios ambientales producidos y a otorgar una compensación económica a sus habitantes por los posibles daños derivados de la explotación”, se explica en el expediente.

No obstante, la Corte Suprema sostuvo que no es competencia originaria del tribunal decidir sobre ello ya que no está en juego “ningún recurso ambiental interjurisdiccional”.  Además, explicó que “el caso no puede ser subsumido” en lo que establece “el artículo 30 de la Ley General del Ambiente, 25.675”, esto es, la producción de un daño ambiental colectivo.  

El fallo -que lleva la firma de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda-  destaca que “la Provincia del Neuquén no tiene un interés directo en el pleito”, ya que se trata de un contrato firmado entre las comunidades y la empresa,  y “al no ser parte sustancial en la litis” la provincia, no es competencia originaria de la Corte. Y expresó que la causa debe continuar su trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia  N° 1 de Neuquén. También hizo referencia a la Ley 24.145 que federalizó los hidrocarburos y transfirió a las provincias la potestad el dominio público de estos.

En la causa, las comunidades adujeron que la zona de Loma de la Lata es explotada desde 1978 y que el impacto del trabajo con hidrocarburos “ha afectado el ecosistema, la salud psicofísica de sus habitantes, el patrimonio histórico, cultural y artístico “mapuche”, y la economía de los residentes en la zona, ante la pérdida del valor económico de sus tierras”.

Porque la tierra no es sólo tierra para las comunidades: es “Mapu”. Se trata de una cosmovisión que expresa una relación íntima con la naturaleza, difícil de entender según patrones culturales occidentales. En ocasión de la expropiación de YPF, la Confederación Indígena Neuquina consideró que “es el primer gran paso para recuperar la esperanza de iniciar una nueva etapa, participativa, capaz de superar los resabios del neoliberalismo”.


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