Pinedo presidente "cautelar" por 12 horas hasta la asunción de Macri

Justicia

Debería ser sorprendente, por lo menos para los ciudadanos que lo eligieron hace tan solo unos días en las urnas, que el presidente electo Mauricio Macri, haya buscado esta medida cautelar, luego de haber hecho de la cuestión del respeto a las instituciones republicanas y la independencia de la justicia, uno de sus ejes principales de campaña.

Desconcierta aún más, cuando se tiene en cuenta, que esta grave medida, que debilita la independencia de los poderes, haya sido impulsada para poder ganar una discusión tan trivial, como lo es el lugar en el que se realizará el acto de traspaso de mando.

Un fallo a pedido del nuevo presidente

| Fuente: Página 12 | Fecha de publicación: 2015-12-10 | Por: Adriana Meyer

La jueza resolvió a favor de Macri y afirmó que el mandato presidencial culminó ayer a las 24 horas. Hasta la jura ante la Asamblea Legislativa, la presidencia queda a cargo de Pinedo.

El final fue a la medianoche. Es lo que decidió la jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría sobre el mandato de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner al resolver a favor del planteo de su sucesor, Mauricio Macri. El fallo de la magistrada se alineó con la postura expresada por el fiscal Jorge Di Lello en el dictamen que avaló la posición del macrismo en esta disputa. Además, Servini de Cubría indicó que la Presidencia de la Nación estará a cargo del presidente provisional del Senado, el macrista Federico Pinedo, hasta que Macri y su vice, Gabriela Michetti, juren en sus cargos. La resolución de la jueza aclara que el presidente y la vicepresidenta electa “tomarán posesión de sus cargos” sólo a partir de que presten juramento ante la Asamblea Legislativa. El gobierno saliente no tuvo oportunidad de expedirse al respecto porque la magistrada decidió obviar esa instancia y se pronunció un día después de recibir el dictamen fiscal. Además, lo hizo emitiendo una “acción declarativa de certeza” en lugar de abocarse al estudio de la medida cautelar presentada por Cambiemos para que el mandato de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner venciera el 9 a medianoche y, por ende, el del electo Macri comenzara a partir del primer minuto del 10 de diciembre.

La medida cautelar había sido presentada por Macri y Michetti con el patrocinio de José Torello y Fabián Rodríguez Simón, y tuvo una recepción positiva por parte del fiscal Di Lello y finalmente de la jueza federal con competencia electoral. Servini de Cubría, según expertos en derecho, debió analizar la cautelar y expedirse al respecto, pero eso hubiera demandado un lapso temporal que volvía rápidamente abstracta la cuestión de fondo. Ayer, en medio de la conmoción por el inédito traspaso y la despedida de Fernández de Kirchner, algunos dirigentes kirchneristas advirtieron que la jueza había elaborado un “nuevo mamarracho jurídico” para “delicia de los estudiantes de derecho”. Sin embargo, no hubo lugar para que nadie presentara una apelación u otra réplica a la decisión judicial.

“La cuestión planteada resulta inédita y de gravedad institucional por cuanto involucra la imagen de nuestro país como Estado de Derecho frente al Pueblo de la Nación y los representantes de los Estados extranjeros”, sostuvo la magistrada al fundar su resolución. En ese contexto, la jueza tomó como punto de partida el artículo 91 de la Constitución, que establece que “el presidente de la Nación cesa en el poder el mismo día en que expira su período de cuatro años, sin que evento alguno que lo haya interrumpido pueda ser motivo de que se le complete más tarde”, tras lo cual se preguntó: “¿cuándo expira el período de cuatro años? Para responder esto debe tenerse en cuenta lo resuelto por la Asamblea Legislativa el 4 de diciembre de 2015”. Según consta en la versión taquigráfica el titular del Senado, Amado Boudou, manifestó luego de la votación que por unanimidad, Mauricio Macri quedaba proclamado Presidente “para el período 10 de diciembre de 2015 al 10 de diciembre 2019”. Además, citó el Código Civil, en donde establece que “los plazos de meses o años se computan de fecha en fecha” y la ley de acefalía, para concluir que hasta tanto se produzca la jura del nuevo presidente, ese cargo recaerá en el presidente provisional del Senado, Federico Pinedo.

Algo también preocupante, es lo fácil que le resultó al gobierno entrante, conseguir una jueza y un fiscal que le dieran curso a esta polémica medida con tanta celeridad, y sin ningún tipo de pruritos a la hora de avalar esta medida cautelar.

Un fiscal con el sí fácil

| Fuente: Página 12 | Fecha de publicación: 2015-12-09 | Por: Irina Hauser

Di Lello, quien la semana pasada dijo que no hay razones para que el presidente electo siga procesado por las escuchas ilegales, admitió una cautelar de Cambiemos y afirmó que su mandato arranca a la 0 de mañana. La palabra final la tiene Servini de Cubría.

Mauricio Macri quiere ejercer su mandato como presidente desde la 0 hora del día 10 de diciembre, o sea desde mañana, aunque el traspaso de mando se concrete algunas horas después. Y ahora busca que el Poder Judicial le diga que tiene razón. Para eso presentó un pedido de medida cautelar que hasta ayer al final del día tenía un dictamen favorable del fiscal federal Jorge Di Lello pero que deberá resolver la jueza María Servini de Cubría. Lo que el mandatario electo pretende es manejar todos los actos que se hagan vinculados con el cambio de gobierno. Según la opinión de la fiscalía, que no es vinculante, en el lapso que va desde el inicio del día hasta la jura, es Macri quien “tiene prioridad” en la toma de decisiones.

Para el titular de la AFI y ex secretario general de la Presidencia Oscar Parrilli, lo que ocurrirá en ese lapso desde las 12 de la noche hasta el mediodía es una situación de acefalía. “Macri, su equipo, y el fiscal son los responsables de esta gravedad institucional tremenda que dejará acéfalo el Poder Ejecutivo nacional durante 12 horas”, advirtió.

La discusión inicial fue por la entrega de los atributos presidenciales, que Macri quiere que se haga en la Casa Rosada, y la Presidenta no. En una reunión que se hizo ayer en el Congreso, el Frente para la Victoria proponía que Cristina fuera a presenciar la jura allí, dejara el bastón y la banda presidencial en el Palacio Legislativo y Macri hiciera con ellos lo que quisiera, ya que la Constitución sobre eso no dice nada. En el ínterin, se conoció el trámite de la medida cautelar y el dictamen en beneficio de Cambiemos. La jueza Servini de Cubría tomaría una decisión en las primeras horas de hoy. Puede ser apelada, después, ante la Cámara Nacional Electoral.

“El mandato del actual presidente, en los términos constitucionales y civiles vigentes, expiraría el 9 de diciembre a las 24.00 hs”, dice el dictamen de Di Lello. Para fundamentar cómo hace su cálculo, cita en su dictamen, primero, la Constitución Nacional, que dice en el artículo 91 que “el presidente de la Nación cesa en su poder el mismo día que expira su período de cuatro años sin que eventual alguno lo haya interrumpido…” Luego para hacer el cálculo exacto de cuándo entiende que terminan los cuatro años invoca el Código Civil y Comercial: “… día es el intervalo que corre de medianoche a medianoche. En los plazos fijados en días a contar en uno determinado, queda éste excluido del cómputo, el cual debe empezar al siguiente. Los plazos de meses o años se computan de fecha a fecha,… Los plazos vencen a la hora veinticuatro del día del vencimiento respectivo….”. El escribano general de la Nación, Natalio Echegaray, había sostenido que el mandato presidencial terminaba a la medianoche del 10 de diciembre.

El fiscal dijo que admitía la cautelar porque estarían dados los dos requisitos que la fundamentan: la verosimilitud del derecho, es decir, que puede prever que Macri tendrá razón en su reclamo, y el peligro en la demora, es decir, que podría haber un daño irreparable. En una breve anticipación de oficio de su criterio en la discusión de fondo, Di Lello dice que en la toma de decisiones, en el lapso que transcurre desde que termina el mandato el presidente saliente hasta que jura el nuevo, “debe dársele prioridad al que inicia su mandato, debido a que es una verdad de perogrullo verificar que cualquier decisión del presidente que concluye su mandato, sólo por brillante y útil que fuere, deberá hacerse mediante un decreto que como tal, podrá ser derogada por su sucesor mediante otro decreto”. “A mi entender –agrega– se habilita un inútil desgaste político, jurídico e institucional para la Nación Argentina.”

El constitucionalista Eduardo Barcesat cuestionó ayer a la noche en televisión al fiscal Di Lello por no hacer una “lectura mínima de la Constitución”. De todos modos, dijo que la actitud de Macri es “infantil y lesiva” y que lo normal hubiera sido que se “acordara” el traspaso. Otra discusión que corría como telón de fondo apuntaba a poner en duda que fuera un tema de competencia electoral. El fiscal Di Lello aceptó la competencia porque, dijo, “se trata de la interpretación del comienzo y la finalización del cargo de presidente de la nación vinculado al sistema electoral”. Otras voces sostienen que la competencia electoral se termina cuando se proclama un ganador.

Esta primera iniciativa de Cambiemos frente a la discusión por el traspaso de mando, y para asegurarse la organización de toda la puesta en escena de mañana, lo que muestra es la lógica de judicializar los conflictos políticos, e intentar exhibir un sistema judicial alineado con la gestión que comienza. Hay que ver qué dice Servini, pero si sigue los pasos del fiscal, Macri –sin haber jurado– empezaría gobernando a través de una medida cautelar.